Ecuador / Viernes, 13 Marzo 2026

Noboa endurece el estado de excepción con toque de queda focalizado en cuatro provincias

Presidente Noboa decretó toque de queda en cuatro provincias bajo el estado de excepción

Noboa endurece el estado de excepción con toque de queda focalizado en cuatro provincias
Foto: Presidencia
Desde el 15 de marzo de 2026, los habitantes de cuatro provincias deberán acatar una suspensión del derecho a la libertad de tránsito entre las 23:00 y las 05:00, tras la emisión del Decreto Ejecutivo 329.
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El presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo 329, con el que dispuso una suspensión focalizada del derecho a la libertad de tránsito en las provincias de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, en el marco del estado de excepción vigente por grave conmoción interna. La medida regirá desde las 23:00 hasta las 05:00, a partir del 15 de marzo de 2026, y se mantendrá hasta que concluya la renovación del régimen excepcional.

De acuerdo con el decreto, la decisión reforma el contenido del Decreto Ejecutivo 311, emitido el 28 de febrero, e incorpora una restricción nocturna de movilidad en esas jurisdicciones, al considerar que en esa franja horaria se concentra un alto porcentaje de los hechos violentos y delitos de mayor impacto. El documento sostiene que la medida busca facilitar las operaciones de control de la fuerza pública, reducir la exposición de la población civil y limitar el margen de maniobra de estructuras criminales.

La justificación oficial se apoya en informes del Ministerio del Interior, la Policía Nacional, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911, que identifican un repunte de homicidios intencionales, sicariatos, secuestros, atentados con explosivos y ataques armados, especialmente durante la madrugada. El decreto señala que entre enero y febrero de 2026 los homicidios intencionales aumentaron en provincias como Guayas, Los Ríos y El Oro, con especial incidencia en el horario restringido.

Entre los argumentos expuestos por el Ejecutivo constan reportes de hechos violentos registrados en cantones de esas provincias, así como análisis técnicos que advierten que las organizaciones criminales aprovechan la menor circulación ciudadana y la oscuridad de la noche para movilizarse, ejecutar ataques y consolidar economías ilícitas. Bajo ese criterio, el Gobierno sostiene que las medidas ordinarias de control han resultado insuficientes para contener la violencia en esas horas críticas.

El decreto establece, no obstante, varias excepciones a la restricción. Entre ellas figuran los servicios de salud, la red vial nacional, la Fuerza Pública, entidades complementarias de seguridad y gestión de riesgos, así como actividades vinculadas a la atención de emergencias derivadas de la época invernal. Las personas comprendidas en estas excepciones deberán acreditar documentalmente su condición ante las autoridades competentes.

Además, la disposición encarga la ejecución del decreto al Ministerio de Defensa Nacional, al Ministerio del Interior, a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas. También ordena notificar la medida a la ciudadanía, a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional, a la Organización de las Naciones Unidas y a la OEA.

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