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En Ecuador, la Constitución dispone que los jueces de la Corte Nacional permanezcan nueve años en funciones,

Judicatura aprueba nuevo reglamento para elegir jueces de la Corte Nacional

En Ecuador, la Constitución dispone que los jueces de la Corte Nacional permanezcan nueve años en funciones,
Foto. CJ
El Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó el nuevo reglamento que regirá el concurso público para designar a jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia. La normativa establece las fases del proceso, incorpora exámenes de confianza, fortalece los mecanismos de control ciudadano y define las atribuciones de las autoridades encargadas del concurso.
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En Ecuador, la Constitución dispone que los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) permanezcan nueve años en funciones y se renueven por tercios cada tres años. El nuevo reglamento que aprobó el Consejo de la Judicatura este 3 de julio busca establecer reglas uniformes para todas las etapas del proceso, desde la postulación hasta la designación de los ganadores.

¿Qué aprobó el Consejo de la Judicatura?

El Pleno expidió la Resolución 109-2026, que contiene el Reglamento para el Concurso Público de Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social para la Selección y Designación de las y los Jueces de la Corte Nacional de Justicia.

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El documento establece que el concurso también servirá para seleccionar a los conjueces nacionales, quienes se elegirán mediante el mismo procedimiento y estarán sujetos a las mismas responsabilidades e incompatibilidades que los jueces titulares.

¿Cómo será el proceso de selección?

El proceso estará regido por principios como transparencia, igualdad, mérito, objetividad, independencia, publicidad, debido proceso, participación ciudadana y paridad de género. Estas son sus etapas:

  • Postulación.
  • Verificación de requisitos.
  • Fase de méritos.
  • Fase de oposición.
  • Impugnación ciudadana.
  • Audiencias públicas.
  • Designación de jueces y conformación del banco de elegibles.

Exámenes de confianza y pruebas psicológicas

Uno de los aspectos más relevantes del reglamento es la incorporación del examen de confianza, definido como un mecanismo técnico para verificar la integridad, probidad, conducta ética, transparencia patrimonial, responsabilidad profesional y confiabilidad institucional de los postulantes.

El documento también prevé una evaluación psicológica previa a la fase de oposición, conforme al Código Orgánico de la Función Judicial. Tanto los resultados de estas pruebas como los exámenes de confianza tendrán carácter confidencial.

Mayor control ciudadano

El reglamento mantiene los mecanismos de control social previstos en la ley. Entre ellos constan:

  • Veedurías ciudadanas.
  • Presentación de impugnaciones por cualquier persona que aporte pruebas.
  • Audiencias públicas para que los aspirantes expliquen su trayectoria y visión de la administración de justicia.
  • Audiencias de descargo cuando exista una impugnación.

¿Qué funciones tendrá el Pleno de la Judicatura?

La resolución otorga al Pleno del Consejo de la Judicatura la responsabilidad de:

  • Aprobar el inicio del concurso.
  • Designar a los integrantes del comité de expertos.
  • Resolver las impugnaciones ciudadanas.
  • Declarar a los ganadores.
  • Nombrar a los nuevos jueces y conjueces nacionales.
  • Declarar la nulidad o incluso dejar desierto el concurso si corresponde

Contexto

La Corte Nacional de Justicia es el máximo órgano de la justicia ordinaria del país y está integrada por 21 jueces nacionales, organizados en salas especializadas. La Constitución establece que permanecen nueve años en funciones, no pueden ser reelegidos y la renovación se realiza por tercios cada tres años, mediante concursos públicos organizados por el Consejo de la Judicatura.

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