Fiscalía logra sentencia de 22 años por caso de violación en Chillogallo

Hombre recibe pena máxima por violación cometida en el sur de Quito

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Foto: Fiscalía logra sentencia de 22 años por caso de violación en Chillogallo. Crédito: Fiscalía
24 de Agosto de 2026
Un hombre que era tío político de la víctima fue condenado a 22 años de cárcel por violación, luego de que un Tribunal de Garantías Penales valorara las pruebas presentadas por la Fiscalía.
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Un Tribunal de Garantías Penales sentenció a Raúl Armando M. P. a 22 años de prisión, la pena máxima prevista para el delito de violación, luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado. El fallo también dispone el pago de una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados, además de USD 5.000 como reparación integral a favor de la víctima. Las medidas de protección dictadas previamente también fueron ratificadas.

Los hechos ocurrieron el 23 de marzo de 2025 en un inmueble ubicado en Chillogallo, en el sur de Quito. Según la investigación fiscal, la víctima había participado el día anterior en una reunión familiar y posteriormente se retiró a descansar junto con una pariente. A la mañana siguiente, cuando esta última salió de la habitación, el ahora sentenciado, quien era tío político de la víctima, aprovechó que ella se encontraba sola para cometer la agresión.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía presentó como parte de sus elementos probatorios el testimonio anticipado de la víctima, las declaraciones de los agentes que intervinieron en el caso y el examen médico-legal. También se incorporaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y varias pericias técnicas desarrolladas durante la investigación.

Entre estas diligencias constaron análisis toxicológicos y de ADN, además de informes de trabajo social y psicología, que fueron valorados por el Tribunal antes de emitir la sentencia. Con base en este conjunto de pruebas, los jueces determinaron la responsabilidad penal del procesado como autor directo del delito.

La Fiscalía procesó el caso con base en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la violación con penas de entre 19 y 22 años de prisión en determinadas circunstancias agravantes. Entre ellas se contempla que la víctima se encuentre privada de la razón o del sentido y que el agresor forme parte del entorno íntimo o familiar, condiciones que fueron consideradas dentro de este proceso.

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