Corte Constitucional reconoció el derecho de adolescentes a rectificar su género en la cédula
A través de la sentencia 4-24-CN/26, la Corte Constitucional (CC) determinó que exigir la mayoría de edad para solicitar la rectificación del género en los documentos de identidad puede vulnerar derechos fundamentales cuando se trata de personas menores de 18 años.
¿Cómo se llegó a tomar esta decisión?
La decisión se originó a partir del caso de un adolescente que solicitó al Registro Civil modificar la mención de género en su documento de identidad. Aunque la petición fue presentada con el respaldo de su familia, la institución rechazó al aplicar de forma automática la normativa vigente que exige cumplir 18 años para realizar este trámite.
Ante esta situación, el caso llegó a la Corte Constitucional a través de una consulta de constitucionalidad sobre el artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, que condiciona la rectificación de la mención de género al cumplimiento de la mayoría de edad.
El máximo tribunal determinó que esta restricción aplicada de manera automática puede afectar derechos constitucionales como la identidad y el libre desarrollo de la personalidad, especialmente cuando no se toman en cuenta las circunstancias particulares de cada adolescente ni su grado de madurez.
La corte precisó que la prohibición basada únicamente en la edad impide evaluar cada caso de manera individual. Según el fallo, existen alternativas menos restrictivas que permiten proteger a los adolescentes y, al mismo tiempo, garantizar sus derechos, mediante una
Por ello, estableció que las autoridades deben analizar cada solicitud considerando principios como el interés superior del adolescente, su desarrollo evolutivo y el ejercicio progresivo de sus derechos.
Esta fue la reacción de movimientos activistas de derechos
Por su parte, la Fundación Equidad reconoció como un paso importante en el reconocimiento de los derechos, la resolución de la corte.
Mientras que la Asociación Silueta X destacó en un comunicado que este fallo tiene efectos para el caso concreto y para todos los casos análogos. Lo que significa que el Registro Civil debe tramitar estas solicitudes cuando se cumplan las condicines establecidas.
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