Ecuador / Viernes, 20 Marzo 2026

La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del toque de queda.

Corte Constitucional avala toque de queda

La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del toque de queda.
Foto: Policía Nacional
El máximo organismo constitucional del país declaró válida la suspensión del derecho a la libre movilidad nocturna en cuatro provincias del país, aunque condicionó su aplicación al respeto de derechos humanos, control institucional y funcionamiento del Estado.
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La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del toque de queda en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, vigente desde el 15 de marzo de 2026, desde las 23:00 hasta las 05:00.

Un toque de queda bajo vigilancia

El dictamen de la Corte establece que la medida es válida dentro del estado de excepción, siempre que cumpla condiciones estrictas.

Entre ellas:

• Supervisión de la Defensoría del Pueblo
• Aplicación proporcional y caso por caso
• Garantía de servicios públicos y sistema de justicia
• Respeto al trabajo de la prensa y organismos internacionales

Por su parte, el Gobierno argumentó que los delitos más graves se concentran en la madrugada.

Informes de inteligencia, Policía y Fuerzas Armadas señalaron que homicidios, ataques armados y explosivos ocurren principalmente entre las 23:00 y 05:00, lo que justificó la restricción.

La Corte aceptó ese argumento, aunque con reservas.

Impacto en derechos y economía

El organismo reconoció que la medida afecta a: 

• Libertad de tránsito
• Comercio nocturno
• Transporte
• Turismo y entretenimiento

Aun así, concluye que el sacrificio resulta “razonable” frente al objetivo de seguridad.

Las advertencias de la Corte

El organismo condiciona la medida a que:

• No se suspenda el acceso a la justicia
• No se obstaculice la labor periodística
• No se vulneren derechos humanos
• Se eviten abusos de la fuerza pública

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