Corte Constitucional avala toque de queda
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del toque de queda en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, vigente desde el 15 de marzo de 2026, desde las 23:00 hasta las 05:00.
Un toque de queda bajo vigilancia
El dictamen de la Corte establece que la medida es válida dentro del estado de excepción, siempre que cumpla condiciones estrictas.
Entre ellas:
• Supervisión de la Defensoría del Pueblo
• Aplicación proporcional y caso por caso
• Garantía de servicios públicos y sistema de justicia
• Respeto al trabajo de la prensa y organismos internacionales
Por su parte, el Gobierno argumentó que los delitos más graves se concentran en la madrugada.
Informes de inteligencia, Policía y Fuerzas Armadas señalaron que homicidios, ataques armados y explosivos ocurren principalmente entre las 23:00 y 05:00, lo que justificó la restricción.
La Corte aceptó ese argumento, aunque con reservas.
Impacto en derechos y economía
El organismo reconoció que la medida afecta a:
• Libertad de tránsito
• Comercio nocturno
• Transporte
• Turismo y entretenimiento
Aun así, concluye que el sacrificio resulta “razonable” frente al objetivo de seguridad.
Las advertencias de la Corte
El organismo condiciona la medida a que:
• No se suspenda el acceso a la justicia
• No se obstaculice la labor periodística
• No se vulneren derechos humanos
• Se eviten abusos de la fuerza pública
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