Ecuador / Jueves, 08 Enero 2026

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¿Tercera placa en Quito? Concejo aprobó la implementación de un dispositivo instalado en los autos

La “tercera placa” será un TAG instalado en el parabrisas para identificar vehículos sin rastrear su ubicación.
Foto: Internet
El Concejo Metropolitano aprobó la ordenanza que crea el Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular (DEIV).

El Concejo Metropolitano de Quito aprobó una ordenanza que implementa el Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular (DEIV), conocido como la “tercera placa”, un TAG que se colocará en el parabrisas de los autos para identificar placa y chasis, con el objetivo de optimizar el control y la planificación del tránsito en la capital.

El dispositivo almacenará únicamente dos datos —placa y número de chasis— y, según las autoridades, no funcionará como un sistema de geolocalización ni transmitirá información sobre la ubicación del automotor.

Según el alcalde de Quito, Pabel Muñoz el uso de información real y actualizada permitirá tomar mejores decisiones en materia de tránsito y servicios urbanos, alineando a la capital con estándares internacionales de ciudades inteligentes.

Desde el Concejo, el presidente de la Comisión de Movilidad, Diego Garrido, explicó que el DEIV será único e intransferible, lo que facilitará la identificación precisa de cada vehículo y su vinculación con los sistemas de gestión del tránsito y el transporte.

La ordenanza fija un plazo de 30 días para definir el modelo de gestión del sistema. Luego se iniciará el proceso de contratación pública, que podría tomar alrededor de cuatro meses, con miras a comenzar la implementación del DEIV desde julio, de forma paralela a la revisión técnica vehicular de ese mes.

Entre los beneficios adicionales, el alcalde mencionó la posibilidad de habilitar, de manera excepcional y mediante un pago, la circulación de vehículos en días de restricción de ‘pico y placa’ por motivos de emergencia, como citas médicas.

Las sanciones

Las infracciones leves, como no portar el dispositivo o no reponerlo a tiempo, tendrán multas del 15 % del salario básico unificado (SBU); las graves, como impedir su lectura, serán sancionadas con el 30 % del SBU; y las muy graves, como circular con un DEIV que no corresponda a los datos registrados, implicarán multas del 50 % del SBU.

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