El Registro Civil declara inválida una marginación del acta de Aquiles Alvarez
El expediente registral de Aquiles Alvarez, alcalde de Guayaquil vuelve al debate público. La Dirección General del Registro Civil del Ecuador informó a El Universo que, tras revisar antecedentes judiciales, solo una de las dos marginaciones inscritas (notas que se agregan al margen de un acta de nacimiento, matrimonio o defunción para modificar o aclarar datos como: cambio de nombre, rectificación de fecha, filiación, sentencia judicial) tiene sustento legal.
La entidad señaló que el trámite ejecutado en 2016 para cambiar el año de nacimiento no cuenta con respaldo documental verificable. En cambio, la modificación de 2019 sí proviene de una sentencia constitucional válida.
El trámite judicial de 2016 bajo cuestionamiento
En 2016, Alvarez inició un proceso para rectificar su año de nacimiento. En la inscripción original constaba el 12 de abril de 1985, registrada en el Registro Civil de Guayaquil. El pedido buscaba modificar el año a 1984, sustentado en un certificado de nacido vivo emitido por la Clínica Kennedy.
La supuesta sentencia que habría autorizado el cambio está fechada el 26 de noviembre de 2016 y corresponde al proceso n.° 099141-2016-00198.
Sin embargo, el Registro Civil solicitó en febrero de 2026 al Consejo de la Judicatura que certifique la existencia de ese proceso, ya que no constaba en el sistema público Satje.
La respuesta oficial confirmó que el número de proceso no existe en el sistema judicial y que la persona que figura como juez no ejercía funciones jurisdiccionales en la fecha indicada.
Firmas y cargos que no coinciden
El fallo aparece suscrito por Peter Kuffo en calidad de juez. No obstante, existe un documento oficial fechado el 5 de marzo de 2014 en el que Kuffo presenta su renuncia como juez temporal ante el Consejo Provincial de la Judicatura del Guayas, es decir, dos años antes de la fecha en que supuestamente se dictó la sentencia.
Además, el documento contiene la firma de la secretaria del juzgado, quien para 2016 ya se encontraba jubilada. Estos elementos refuerzan las dudas sobre la autenticidad del fallo que permitió la marginación de 2016.
El Registro Civil concluyó que no fue posible acreditar la existencia jurídica del proceso ni de la sentencia, por lo que esa modificación carece de respaldo verificable.
La acción constitucional de 2019 sí tiene validez
En 2019, Alvarez promovió una acción constitucional de habeas data, tramitada en la Unidad Judicial Penal Sur de Guayaquil, dentro del proceso n.° 09284-2019-02624.
Esa sentencia, emitida por autoridad competente, ordenó al Registro Civil corregir datos de filiación y dejar sin efecto modificaciones previas del registro.
Según la institución, esta resolución constituye el único título registral vigente que respalda la información actual del ciudadano en el sistema.
Prescripción y situación actual del acta
El Registro Civil reconoció irregularidades en la marginación de 2016. Sin embargo, indicó que transcurrieron más de ocho años desde su ejecución, por lo que las acciones administrativas o judiciales se encuentran prescritas.
La entidad aclaró que la sentencia constitucional de 2019 prevalece y que la información actualmente registrada goza de presunción de veracidad y legitimidad conforme a la ley.
En términos legales, la marginación de 2019 es la única válida, ejecutoriada y oponible.
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