El Tribunal Sexto de Garantías Penales de Pichincha sentenció a 7 años de reclusión mayor ordinaria a Stalin B., por atentar contra el pudor de una mujer de 34 años con discapacidad intelectual.
En la audiencia de juicio se resolvió, además, que el ciudadano deberá pagar $ 5.000 como reparación integral a la víctima.
En la diligencia, la fiscal Mayra Soria expuso en la teoría del caso que los hechos ocurrieron en agosto del 2014, en las bodegas de un centro comercial de Quito, donde laboraban la víctima y el ahora sentenciado, quien aprovechó que se encontraban a solas y la agredió sexualmente.
La mujer contó a sus jefes y familiares lo ocurrido e inmediatamente presentaron la denuncia en la Fiscalía.
La fiscal Soria presentó varias pruebas que demostrarían la culpabilidad del mencionado ciudadano, entre ellas constan el testimonio anticipado de la víctima, quien narró cómo sucedieron los hechos.
Además, figuran los exámenes ginecológico y psicológico practicados a la joven.
El atentado al pudor está tipificado en el artículo 504.1 del Código Penal y sanciona con una pena de 4 a 8 años de reclusión mayor ordinaria. (I)
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