Apreciados lectores, en el reciente programa de “Es de Justicia” que se transmite domingo a domingo por la señal abierta de TC Televisión en horario de 10:30, y acogiendo muchos mensajes de nuestros televidentes, analizamos el delito de femicidio. Si bien es cierto, se trató de abarcar lo más importante, dentro de lo limitado del tiempo en televisión, nunca es suficiente, sobre todo porque este tema causa un grave daño como sociedad mediante el directo ataque a su núcleo, la familia.
Esta acción violenta, generadora de la muerte de una mujer por su condición de género, más allá del fundamento de muerte, violencia y discrimen que representa, debe ser erradicada de nuestra sociedad por el hecho del daño superior que se ocasiona a la familia y el efecto multiplicador que este puede presentar sobre nuestros hijos y en general, futuras generaciones.
Hoy, la actualizada norma penal, identificada como Código Orgánico Integral Penal, en su artículo 141 y siguientes, presenta con claridad meridiana el tipo del delito, así como señala la debida sanción por la acción de su comisión, que para mejor apreciación reproduzco:
Art. 141.- Femicidio.- La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
Ante este escenario debo señalar que la comisión del delito de femicidio es más común de lo que parece o de lo que podemos imaginar, siendo necesaria más allá de la sanción por su cometimiento, la implementación de un programa de concientización y educación con carácter preventivo sobre nuestra ciudadanía en todos los estratos sociales.
Recordemos, como lo decía en líneas anteriores, que más allá del daño causado sobre la víctima directa, existe un daño intangible sobre víctimas indirectas como el caso de los hijos y demás miembros, cuyo entorno familiar se ve dinamitado con la muerte de la madre y su consecuente ausencia, así como la ausencia del padre por sanción en el cometimiento del referido delito.
Sobre este tema, es necesario implementar mejorías en varios aspectos. Es esa fase de prevención mediante mecanismos de capacitación familiar a cargo de las competentes instituciones del Ejecutivo; por parte del Judicial, mejorar la celeridad para el desarrollo de las investigaciones que demande la comisión del femicidio y su inmediata sanción en estricto derecho; así como, finalmente de parte de los profesionales del derecho, su capacitación e instrucción para poseer las herramientas que cada caso demande con el fin de conseguir la anhelada justicia, que sancione al infractor y que absuelva al inocente sujeto que, de forma improcedente como injusta, se vea inmiscuido en esta problemática.
Ese rol preponderante de hacer justicia recae nuevamente en nuestras manos, en que como profesionales del derecho, por medio de nuestras habilidades y experticias, tenemos la capacidad de luchar contra los agresores o autores de este tipo y de otros delitos, así como de defender y de hacer de la verdad, la luz propia con que se ilumine cada proceso en beneficio de la justicia y el equilibrio de la sociedad que nos cobija y reclama de nosotros la mayor entereza para su correcta defensa.
Por lo dicho, invito a las competentes instituciones públicas y privadas, cuyo campo de acción o competencia sea el tratamiento de este tipo de problemáticas sociales, a la implementación de los mecanismos efectivos que permitan evitar el cometimiento de estos delitos que tanto daño hacen a la familia, la implementación de programas de educación y difusión de información sobre consecuencias sociales y legales. Podría ser un primer paso en el conocimiento de este delito, asimismo, tratándose de un delito y de necesarias acciones legales en rechazo del agresor y en defensa de inocentes, exhorto a nuestros colegas abogados y abogadas a seguirnos capacitando y a proponer los temas de nuestro interés para el mejoramiento de nuestros conocimientos jurídicos por medio de la información de contacto que reposa en el presente texto. ¡Juntos somos invencibles! (O)