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Extradición de Delgado sí sería viable

La Fiscalía motivó el recurso de apelación para ratificar  su pedido de prisión preventiva contra el ex presidente del Banco Central del Ecuador (BCE), Pedro Delgado Campaña, debido a que éste ha hecho pública su intención de no regresar al país, además de que la defensa no presentó las pruebas de un posible arraigo social o laboral para garantizar su retorno.

Ante eso, el fiscal General del Estado, Galo Chiriboga, una vez obtenida la orden de prisión preventiva por parte de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), anuncia que iniciará las gestiones para  el procedimiento de extradición de Delgado, quien actualmente reside en Miami, Estados Unidos.

Chiriboga espera lograrlo para que enfrente en Ecuador el proceso que se le sigue por el delito de uso doloso de documento público, reprimido con pena de 6 a 9 años de reclusión menor, según el artículo 339 del Código Penal vigente.

“Con esta decisión, la Fiscalía da un paso adelante en este caso y una vez que la resolución esté ejecutoriada vamos a solicitar a la CNJ que realice el trámite de   extradición en su momento”, indica Chiriboga.

Para Juan Carlos Carmigniani, abogado defensor de Delgado, la orden de prisión preventiva no basta para pedir la extradición de su defendido, pues esto es viable solo  si existe una sentencia ejecutoriada y de última instancia.

Sin embargo, el abogado Adolfo Moreno explica que en la Ley de Extradición se prevé que la misma procede cuando existe condena o auto de prisión preventiva, por lo que, cumplida cualquiera de las dos resoluciones legales, el requisito principal pasa a ser  la existencia de convenio previo o compromiso de reciprocidad con el país o Estado donde se encuentre el procesado prófugo.

En consecuencia, explica el jurista, en el caso concreto que se analiza, la justicia nacional cuenta con todas las herramientas legales para requerir y hacer efectiva la extradición.

En contraparte, el penalista Juan Llerena coincide con Carmigniani y señala que  para que proceda la extradición tiene que existir una sentencia condenatoria en firme por parte de la CNJ, y luego de que se hayan determinado esas circunstancias tiene que iniciarse el trámite correspondiente.

Agrega que es importante que se analice el aspecto de la prescripción de la causa y la prejudicialidad, donde un juez civil determine la falsedad del documento en sentencia, ya sea material o ideológica, para luego proceder al enjuiciamiento penal.

Para que se termine un juicio civil o penal, y se obtenga una sentencia, se tienen que agotar todas las instancias del proceso penal, recuerda.

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