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Unidad de la Fiscalía en Senain ha realizado 481 procedimientos desde diciembre de 2013

Unidad de la Fiscalía en Senain ha realizado 481 procedimientos desde diciembre de 2013
21 de julio de 2015 - 12:57

Todas las interceptaciones de llamadas telefónicas para obtener información dentro de una investigación previa o dentro de un proceso penal sobre delitos se hace solo bajo la autorización de un juez, aclaró hoy la Fiscalía General del Estado.

Para este propósito, la Unidad de la Fiscalía que funciona en la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain) utiliza el Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, ahora conocida como Subsistema de Interceptación de Comunicaciones o Datos Informáticos (Sicom).

El sistema permite las interceptaciones de voz y de mensajes de texto (de SMS) de números telefónicos de personas que se encuentren bajo sospecha de estar relacionados con algún ilícito.

Estas interceptaciones son para investigar delitos como: homicidios, asesinatos, trata y tráfico de personas. Además de lavado de activos, asociación ilícita, cohecho, concusión, plagio, robo agravado, extorsión, tenencia, posesión y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

Toda investigación sobre delitos concretos que realiza esta Unidad es previa la autorización de los jueces y apegados al artículo 476 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este se refiere a que un juez de Garantías Penales "ordenará la interceptación de las comunicaciones, previa solicitud fundamentada de la o el fiscal cuando existan indicios que resulten relevantes a los fines de la investigación.

Para ello establece reglas, entre ellas las siguientes: 

El juzgador determinará la comunicación interceptada y el tiempo que esta dure (no podrá ser mayor a 90 días), pero se podrá solicitar "motivadamente y por una sola vez" un prórroga. La información recabada se mantiene bajo cadena de custodia.

Si las investigaciones se tratan de delincuencia organizada y sus delitos relacionados, la interceptación podrá realizarse hasta por 6 meses. También se podrá solicita prórroga.

La información que se obtenga de las comunicaciones que se intercepten durante la investigación "serán utilizadas en el proceso para el cual se las autoriza y con la obligación de guardar secreto de los asuntos ajenos al hecho que motive su examen".

Está prohibida la interceptación de cualquier comunicación protegida por el derecho a preservar el secreto profesional y religioso. Las actuaciones procesales que violenten esta garantía carecen de eficacia probatoria, sin perjuicio de las respectivas sanciones.

Abierta a auditoría

La plataforma que utiliza la Unidad de la Fiscalía que funciona en la Senain "está abierta a una auditoría técnica desde cualquier organismo de control como la Contraloría General del Estado", subraya el Ministerio Pública.

Además, el Sicom funciona con base en las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Implementación y Funcionamiento del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, expedido el 12 de enero de 2012 y publicado en el Registro Oficial en abril de ese año.

Las operaciones del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, ahora Subsistema de Interceptación de Comunicaciones o Datos Informáticos (Sicom) iniciaron el 17 de diciembre de 2013.

La Unidad de la Fiscalía ocupa un espacio en las instalaciones de la Senain únicamente por cuestiones logísticas. "Todos los componentes (hardware y software) de la plataforma  necesitan de un centro de procesamiento de información (data center) con todas las adecuaciones técnicas y de seguridad exigidas que, por ahora, solo dispone esta Secretaría".

En la Unidad trabajan 6 funcionarios, entre ellos 2 fiscales y 2 secretarios de fiscales.

Resolución de casos

Desde el 17 de diciembre de 2013, esta Unidad ha realizado 481 procedimientos, "todos con sus respectivas autorizaciones judiciales", subraya la Fiscalía. Añade que "con la información recopilada incluso se logró resolver diferentes procesos penales".

Menciona por ejemplo el caso conocido como Medusa, a través del cual, en abril de 2015, los jueces sentenciaron a 11 ciudadanos como autores y a uno como cómplice del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, la condena fue de 10 años y 5 años de prisión.

También se resolvieron casos como el de un grupo delictivo de asociación ilícita, cuyos integrantes se dedicaban al asalto y robo de mercadería transportada en vehículos de carga, y al robo de accesorios de automotores, en el norte y sur de Quito. En julio de 2015, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a 12 acusados a un año seis meses de pena privativa de libertad.  (I)

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