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Se suspende audiencia de juicio por el caso "Martha"

Se suspende audiencia de juicio por el caso "Martha"
Foto: Gabriela Castillo | et
06 de agosto de 2019 - 18:34 - Redacción Justicia

Para el 27 de agosto está previsto que se reinstale la audiencia de juicio por el caso denominado caso "Martha"

En dos días que se ha desarrollado la diligencia (lunes 5 y martes 6 de agosto) se convocó a 40 personas, entre testigos y peritos que dieron la versión de los hechos.

El segundo día de audiencia de juicio en contra de Juan Andrés M. A. y los hermanos Danny Paúl y Jhon Alexander P. C., procesados por presunto delito de violación contra una mujer de 35 años, se desarrolló de forma reservada en el Complejo Judicial Norte.

El caso se suscitó el pasado 13 de enero, cuando Martha, la víctima, fue violada durante el festejo de cumpleaños del dueño de un bar, en el norte de Quito. Según el parte policial, los tres procesados fueron detenidos en el local de diversión cerca de la víctima, que se encontraba desnuda e inconsciente.

Entre las principales pruebas que presentó la fiscal del caso, Ximena Mora, se incluye la proyección del testimonio anticipado de la víctima en cámara de Gessel y pruebas científicas, como la experticia médico-ginecológica y valoraciones psicológicas de la víctima.

También la extracción de imágenes de los celulares de los procesados, captadas el día de los hechos, que, a través del cotejamiento fisonómico, estableció que corresponden a los hermanos Danny Paúl y Jhon Alexander P. C.

Además, las experticias biológicas forenses determinaron la existencia de perfil genético de la víctima y de los procesados en los indicios que se levantaron en la escena del delito (botella y taco de billar), así como en las prendas de vestir.

Asimismo, se explicó ante el Tribunal que la experticia de luminol fue positiva para sangre, encontrada en los lavabos de dos baños del local donde sucedió el hecho. Con estas pruebas, Fiscalía demostró la participación de los tres imputados en la agresión sexual a ‘Martha’.

La Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 171, numerales 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal, que impone entre diecinueve y veintidós años de cárcel a quien cometa violación en una persona privada de la razón o del sentido, con violencia.

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