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Expresidente se basó en Ley de Servicio Exterior para no presentarse en Corte en Ecuador

El abogado defensor de Rafael C., Caupolicán Ochoa, durante la audiencia de revisión de medidas cautelares en la Corte Nacional de Justicia (CNJ).
El abogado defensor de Rafael C., Caupolicán Ochoa, durante la audiencia de revisión de medidas cautelares en la Corte Nacional de Justicia (CNJ).
Foto: John Guevara / El Telégrafo
03 de julio de 2018 - 23:20 - Redacción Quito

La jueza de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Daniella Camacho, aceptó el pedido de la Fiscalía General del Estado y ordenó la prisión preventiva del expresidente Rafael C.

La resolución se emitió luego de la audiencia de revisión de la medida alternativa que fue expedida por la magistrada el 18 de junio.

En aquella ocasión dictaminó que el exmandatario se presentara cada 15 días en la Secretaría General de la CNJ, debido a que fue vinculado en el supuesto secuestro al exasambleísta Fernando Balda.  

Sin embargo, el exjefe de Estado no acudió el lunes pasado a la Secretaría de la Corte, sino que se presentó en la legación diplomática, en Bélgica, país donde tiene su residencia. Por esta razón el fiscal del Estado, Paúl Pérez Reina, solicitó el cambio de las medidas cautelares.

La jueza señaló que emitirá el oficio correspondiente a la Interpol, de manera que elabore la ficha roja que permita la ubicación, detención y extradición al expresidente del Ecuador.

Balda denunció que en su estadía en Bogotá (Colombia) en 2012, cinco personas, según él por órdenes de Correa, lo subieron a la fuerza a un vehículo. Sin embargo la Policía de ese país interceptó el automóvil y evitó la acción.

Por el caso ya están detenidos tres agentes de Inteligencia, un excomandante de la Policía Nacional y tiene una orden de prisión el exjefe de la Secretaría Nacional de Inteligencia, Pablo Romero Quezada, radicado actualmente en España. El Estado pidió su extradición.

Las consecuencias del incumplimiento del exjefe de Estado de la orden judicial se basaron en lo que dictamina el artículo 542 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

“Si la persona procesada incumple la medida cautelar no privativa de la libertad, la o el fiscal solicitará al juzgador una medida cautelar privativa de la libertad”, según establece la normativa del COIP.

Sin embargo, su abogado defensor, Caupolicán Ochoa justificó la acción basado en la Ley de Servicio Exterior. Incluso aclaró es imposible para su defendido venir desde otro continente “para una diligencia que dura 10 minutos”.

Indicó además que el exmandatario no pudo asistir al país, porque una de sus hijas tuvo un accidente.

Sin embargo, la jueza en la audiencia sostuvo que las acciones no fueron debidamente justificadas, porque los documentos que presentó no estaban notariados e incluso, el nombre de la hija estaba mal redactado.

Pese a ello, Caupolicán Ochoa dijo, al finalizar la audiencia, que apelará el dictamen de la jueza Camacho.

Tras el dictamen, Fernando Balda adelantó que en los siguientes días, entregará a las embajadas extranjeras en Ecuador el expediente judicial, para que “tengan claro que Rafael C. no es un perseguido político, sino un avezado criminal que cometió una infracción ante las leyes del Ecuador”.

Por su parte, Felipe Rodríguez, abogado del exasambleísta, aseguró que el trámite de difusión roja a la Interpol demora alrededor de dos semanas.

Denuncia contra Chiriboga

Fernando Balda pidió este martes 3 de julio a sus abogados, entre ellos, a Felipe Rodríguez que soliciten una investigación correspondiente a la Fiscalía para que se abra un caso en contra del exfiscal Galo Chiriboga.

A razón de Balda, Chiriboga dio “órdenes expresas de parar cualquier tema que tenga que ver con el secuestro del caso Balda tanto de los trámites internos de la fiscalía como cualquier solicitud que estaba haciendo en ese entonces la Fiscalía de Colombia para que no se atienda y se pare el caso”.

Dijo que Chiriboga permitió la protección a Rafael C. y a todos los involucrados. Aclaró que el exfiscal incumple la ley, especialmente mediante fraude procesal y tráfico de influencias. (I)

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