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Fiscalía pide la inhumación de 45 cadáveres de presuntas víctimas de covid-19

Fiscalía pide la inhumación de 45 cadáveres de presuntas víctimas de covid-19
Foto: Tomada de Deutsche Welle
14 de mayo de 2020 - 16:47 - Redacción Web

La Fiscalía del Guayas requirió la inhumación de 45 cuerpos que ya fueron identificados tras las investigaciones del Ministerio Público y los informes periciales remitidos por la Unidad de Criminalística de la Policía Nacional.

Una ve recibido el informe, este jueves 14 de mayo del 2020  se procedió con el pedido de traslado de los cuerpos que reposan en morgues y contenedores de hospitales de Guayaquil, a los cementerios que disponga el GAD Municipal de esta ciudad.

Para tal fin se dirigieron oficios al Director del Hospital del Guasmo Sur, disponiendo el traslado de los cuerpos ya identificados para que sean inhumados, de acuerdo al Protocolo de Manipulación y Disposición Final de Cadáveres con Antecedentes y Presunción de covid-19.

La identificación antropológica se hizo durante el proceso investigativo por medio de las características físicas, como estatura, señas particulares, tatuajes, entre otras.

Además, se aplicó el método técnico científico dactilar, en el que se recabaron las impresiones datiloscópicas de los fallecidos para cotejarlos con la base de datos del Registro Civil. Con esos procesos se identificaron los 45 cuerpos.

La Fiscalía dispondrá también la práctica de identificación de ADN, en la que se compararán muestras de las personas fallecidas con la de sus presuntos familiares.

Las investigaciones buscan determinar una presunta negligencia de parte de funcionarios de los hospitales en el manejo de identificación de cadáveres, en el contexto de la emergencia sanitaria, luego de la denuncia presentada por el gobernador del Guayas, Pedro Pablo Duart, el 10 de abril de 2020.

La investigación de Fiscalía está dirigida a los hospitales Guasmo Sur, Teodoro Maldonado Carbo y Los Ceibos, en Guayaquil, por el presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, señalado en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años. (I)

 

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