Comercializadoras deben registrarse para devolución
Los comercializadores de bienes de producción deben registrarse obligatoriamente para la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) a los turistas extranjeros que durante su estadía en Ecuador hubieran contratado servicios de alojamiento o adquirido bienes que se lleven del país.
La disposición, emitida por el Ministerio de Industria y que se encuentra publicada en el Registro Oficial, señala que las personas naturales o jurídicas dedicadas a la comercialización de bienes de producción deberán inscribirse usando la herramienta electrónica ubicada en la página web del Ministerio de Industrias y Productividad (www.mipro.gob.ec).
El acuerdo ministerial establece que el Registro de Comercializadores está clasificado en los siguientes ítems: café, chocolate y confites; textiles, prendas de vestir y sombreros; calzado y artículos de cuero; bisutería, joyas, artículos de madera, cerámica, mármol, yeso, tagua, paja, metal, corcho y vidrio; licores y bebidas no alcohólicas, instrumentos musicales, conservas de productos de mar, de frutas y vegetales; perfumes, cosméticos y juguetes.
El Gobierno ecuatoriano puso en vigencia la normativa que permite a los turistas extranjeros que hayan permanecido en el país menos de 180 días, cobrar a su salida el impuesto que pagaron por hospedaje y por los productos que los acompañen al momento de dejar el país.
La devolución será solamente efectiva cuando la factura tenga un valor no menor a 50 dólares y sea proporcionada por los locales afiliados y registrados en el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Nueva revisión forense reaviva el debate sobre la muerte de Kurt Cobain
Asamblea aprobó la Ley para el Fortalecimiento de la Ciberseguridad
El empate ante West Ham frustró el “corte de pelo” viral desde 2024
Incautan cerca de 5.000 explosivos en operativo militar en Manabí
“Cometí el mayor error de mi vida”, dijo deportista olímpico que confesó una infidelidad
