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El Telégrafo

Jiménez deberá ir a prisión, disculparse y pagar indemnización

Jiménez deberá ir a prisión, disculparse y pagar indemnización
18 de abril de 2013 - 00:00

La situación se le complicó más al legislador por Pachakutik, Cléver Jiménez. Él y  Fernando Villavicencio fueron declarados culpables del delito de injuria judicial, por lo que fueron sentenciados con prisión de un año y medio y una multa de 31 dólares. Ese fue el resultado de la contrademanda que entabló el presidente Rafael Correa, a quien los imputados acusaron, ante la Fiscalía, por presuntos crímenes de lesa humanidad el 30 de septiembre de 2010.

También fue sentenciado Carlos Figueroa con prisión de seis meses y una multa de ocho dólares. A este último, la jueza Lucy Blacio, quien estuvo a cargo del juicio, rebajó la pena porque en la audiencia final habría presentado testigos que dieron testimonios de su buena conducta. Eso no hicieron Villavicencio y Jiménez, quienes habían convocado a los legisladores Andrés Páez, Enrique Herrería y Jorge Escala.

Pese a la sentencia Jiménez no se retractó. “No tengo nada de qué disculparme, todos los actos que yo he realizado de manera pública han sido completamente documentados y  justificados. No tengo nada de qué disculparme, el que tiene que pedir disculpas al Estado ecuatoriano es el presidente Rafael Correa”, insistió el legislador en una rueda de prensa en la Asamblea.

El caso tiene su génesis el 4 de agosto de 2011, cuando el parlamentario opositor  presentó en la Fiscalía su denuncia. Él firmó el acta de responsabilidad jurídica fiscal, un documento en el que el denunciante asume el compromiso de enfrentar una contrademanda si no prueba sus aseveraciones.

Jiménez, quien fue reelecto asambleísta por Zamora Chinchipe, aseguró que Correa, el 30 de septiembre de 2010, en plena revuelta policial, salió del hospital de esa institución  para planear un supuesto rescate desde una universidad vecina. “El fiscal se quedó en la investigación y allí murió. No dieron la oportunidad para presentar las pruebas correspondientes en la audiencia de juicio”, justificó Julio César Sarango, abogado defensor de Jiménez y Villavicencio,  para quien la sentencia de Blacio fue un “atropello a la Constitución y al ordenamiento jurídico del país”.

A Correa le indignó la acusación. El 30-S murieron 5 personas y la propia vida del presidente estuvo en peligro, de hecho su carro resultó abaleado cuando salía del hospital.

Frente a eso, en varias ocasiones ha destacado que no permitirá que se juegue con la memoria de las víctimas de aquella jornada. “Esta sentencia no tiene motivación, por ello se ha torcido y violado la ley, se ha ido en contra del Estado de derecho, es una sentencia que causará jurisprudencia y hazmerreír de todos los latinoamericanos”, insistió el letrado.

Ahora, los sentenciados tendrán tres días para reaccionar. Ellos también están obligados a cancelar una reparación económica que se obtendrá de la siguiente manera: la suma de las remuneraciones (al cálculo actual) que ha recibido el Presidente de la República desde el 4 de agosto de  2011, fecha en que se presentó la denuncia que fue calificada como “maliciosa y temeraria”. La indemnización superará los 100.000 dólares.

Además se ordena que los culpables ofrezcan disculpas públicas a Rafael Correa a través de los medios de comunicación escritos, televisivos y radiales. Durante el lapso de tres  días, los procesados pueden presentar recursos como ampliación y aclaración, cuyo análisis recaerá en los jueces competentes, quienes podrán negarlos o aceptarlos. Así también podrían acceder a recursos que disponen la Constitución como la acción  extraordinaria de revisión de la sentencia.   

Si el dictamen queda en firme los tres procesados perderán sus derechos de ciudadanía por el tiempo que dure la condena. El más afectado es Jiménez, quien al revalidar su cargo de asambleísta en las elecciones del 17 de febrero de  2013 podría perder su condición de legislador provincial. En su lugar se posesionaría su alterno: Milton Rodrigo Gualán Japa.

El artículo 60 del Código Penal estipula que toda sentencia que condene a reclusión o “a prisión causa la suspensión de los derechos de ciudadanía por un tiempo igual al de la condena; pero en los casos que determina expresamente el Código, los jueces y tribunales podrán imponer la suspensión de tales derechos, por un término de tres a cinco años, aunque la prisión no pase de seis meses”.

JUEZA BLACIO SUSTENTA EN SENTENCIA QUE NO HUBO FISCALIZACIÓN

En la sentencia, la jueza Lucy Blacio estipula que la denuncia presentada por José Cléver Jiménez Cabrera en contra del presidente Rafael Correa Delgado, ante la Fiscalía General del Estado, constituye una denuncia como persona particular, en uso de su libertad y derecho constitucional, como sujeto que se desenvuelve dentro de un Estado Constitucional de Derechos, a pesar de que él señale que lo hizo en uso de su función como asambleísta por Zamora.

Blacio afirma que la ley no facultaba al asambleísta Jiménez a presentar la denuncia alegando fiscalización, peor aún cuando dicha acusación la firman otras dos personas que son Carlos Figueroa, médico cirujano en libre ejercicio profesional y Fernando Villavicencio, vocero del movimiento Polo Democrático, quienes no ostentan la dignidad de asambleístas. “Así que no se puede considerar como un acto del legislador una denuncia suscrita en conjunto y en un solo acto con otras personas particulares como un acto de fiscalización, función dada únicamente a la Asamblea Nacional”, señala en la sentencia.

Por esta razón, la jueza manifiesta que la denuncia presentada por los ciudadanos querellados  constituye un acto de personas particulares, a sabiendas de la responsabilidad penal que acarreaba porque estamparon su firma y rúbrica como un acto de estar conformes con su contenido, pese a la advertencia realizada por el fiscal, como se observa en el acta de reconocimiento del 4 de agosto de 2011.

Ese documento  señala “advertidos que fueron sobre las responsabilidades penales y civiles que originan la presentación de denuncias temerarias y maliciosas, reconocen sin juramento como suyas las firma y rúbrica que obran al pie de la denuncia”.

Esta es la prueba fundamental de los abogados de Rafael Correa para interponer la demanda.

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