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El Telégrafo

Gobiernos en las parroquias ganan poder de ejecución

Gobiernos en las parroquias ganan poder de ejecución
30 de septiembre de 2013 - 00:00

Comenzaron como organismos de gestión y ahora tienen capacidad de ejecución. Los gobiernos parroquiales incluso  tienen actualmente la facultad de solicitar créditos al Banco del Estado para emprender las obras que están dentro de sus competencias.

Estos organismos, que fueron creados a raíz de la Constitución de 1998, comenzaron a funcionar cuando se eligió a las primeras autoridades en el año 2000. Para los comicios de 2014 se elegirán 4.080 miembros de gobiernos parroquiales de 5.652 autoridades seccionales.

“Los gobiernos parroquiales ahora podemos ejecutar obras para nuestras localidades y recintos, tenemos esa capacidad porque así lo señala la Constitución”, informó Alexis Velásquez, presidente del Gobierno Parroquial La Victoria, del cantón Salitre (Guayas).

Indicó que de todas formas los recursos que manejan son pocos, de allí que como organismos locales consideró que se les debería revisar el presupuesto que les corresponde, porque las necesidades son muchas no solo en las cabeceras parroquiales, sino también en los recintos.

En el 2000 se eligió a los primeros miembros de juntas (así se llamaron al principio) conformadas por cinco vocales principales y cinco alternos. Sus tareas se limitaban a elegir al presidente y a conocer las necesidades de cada localidad.

Pero los primeros miembros de las juntas se encontraron con la novedad de que no tenían ni ley ni reglamento para su funcionamiento, menos aún recursos y que solamente fueron elegidos porque así lo establecía la Constitución.

Cuatro años después fueron elegidas nuevas Juntas, las que ya contaron con un reglamento aprobado en 2002, pero estaban limitadas a ser solamente entes de gestión.

“Solo pedían a los municipios, consejos provinciales y entes públicos que atendieran las necesidades de sus  jurisdicciones y quedaba a potestad de los organismos acoger la petición”, dijo Antonio Morán, presidente provincial de los Gobiernos Parroquiales de Guayas y miembro de directorio del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador (Conagopare).

El dirigente manifestó que  después, en 2009, y luego de la aprobación de la  Constitución, estos organismos sufren un cambio importante en sus tareas y competencias. “Antes de la Constitución de 2008, el gobierno asignaba recursos, aunque pequeños,  todos los años, y en noviembre teníamos que ir al entonces Congreso  para tramitar la asignación porque no constaba en el presupuesto”, recalcó Morán.

Con la nueva Carta Magna se los integró a los gobiernos autónomos descentralizados, igual que los  municipios y gobiernos provinciales, además se les cambió la denominación, y con la entrada en vigencia del Código de Ordenamiento Territorial (Cootad) quedaron reglamentadas sus funciones. “Nuestras competencias son mantener la infraestructura existente en las parroquias, construir canchas deportivas, incentivar el fomento productivo, ayudar en lo social y en los grupos de atención prioritaria”, dijo Margarita Macías, presidenta del Gobierno Parroquial de Pedro J. Montero (Boliche).  

El Estado asigna del presupuesto un 21% de fondos permanentes y el 10% de no permanentes para todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs), de los cuales el 6% corresponde a los parroquiales.

Pero no todos reciben la misma cantidad, pues depende de la extensión territorial, densidad poblacional, necesidades básicas insatisfechas, mejoramiento de niveles de vida, etc. Ahora los entes son accionistas y parte del directorio del Banco del Estado, además a cada parroquia se le da $6.870 en acciones.

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