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El Telégrafo

Defensa del Estado logra reducir en más 600 millones sentencia del caso Chevron II

Defensa del Estado logra reducir en más 600 millones sentencia del caso Chevron II
31 de agosto de 2011 - 18:52

El laudo final del caso Chevron II fue reducido el día de hoy 31 de agosto de 2011 por el Tribunal Arbitral en más de 600 millones de dólares,  en el que el Estado ecuatoriano finalmente tendrá que pagar solo 96 millones de dólares.

Las aspiraciones originales de la petrolera estadounidense Chevron-Texaco eran de 1.600 millones de dólares, sin embargo el Tribunal Arbitral redujo este monto el 30 de marzo del 2010 fiándolo en casi 700 millones de dólares en los cuales se sumarían los intereses compuestos desde el 22 de diciembre de 2006 hasta la fecha de pago. 

A pesar de este elevado monto la defensa del Estado ecuatoriano encabezada por la Procuraduría General del Estado y sustentada en la legislación tributaria ecuatoriana, el Tribunal Arbitral determinó, entre otras cosas, que los valores que reclama la compañía deben tributar el 87,31% de impuesto unificado, por lo que Chevron-Texaco sólo puede percibir, específicamente, 96’355.369 millones de dólares; esto significa una reducción de aproximadamente un 86% en relación al laudo parcial y, más aún, de un 94% sobre las aspiraciones de la compañía, originalmente calculadas en 1.600 millones de dólares.

El Estado ecuatoriano rechaza el laudo final expedido por el Tribunal Arbitral, a pesar de la reducción del monto final a pagar, pues considera que no tiene validez legal y representa una grave injusticia.

La Procaduría General del Estado sostiene que las seis demandas de Chevron, planteadas entre 1991 y 1993 y que son la base de este laudo a favor de la compañía, no estaban amparadas por el Tratado Bilateral de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (TBI), porque éste entró en vigencia recién en 1997 y, como su aplicación no puede ser retroactiva, el Tribunal no tenía competencia para decidir sobre tales reclamaciones.

El Estado ecuatoriano pedirá la nulidad al Tribunal Distrital de La Haya, luego cabría su revisión ante la Corte de Apelaciones y, en última instancia, ante la Corte Suprema de los Países Bajos.

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