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Decisión del Ciadi sobre el caso Oxy es contradictoria
Luego de seis años de que el ex ministro de Energía, Iván Rodríguez, anunció la caducidad del contrato con Occidental (Oxy) bajo el argumento de que violó la Ley de Hidrocarburos al no informar sobre la transferencia del 40% de las acciones del bloque 15.
Este se ratifica en su decisión y señaló que el arbitraje no tiene fundamentos. “El arbitraje procede en todos los casos, menos en el de caducidad y son las leyes ecuatorianas las que deben prevalecer en estas decisiones”, aseguró el ex funcionario.
Rodríguez enfatizó que la empresa internacional firmó el contrato bajo la Ley de Hidrocarburos en donde consta en el artículo 69 que no se podía transferir acciones sin informar a Ecuador y cuya acción provocaría la caducidad del contrato suscrito.
Por estas razones, Rodríguez dijo que no es procedente la disposición del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), que el pasado viernes emitió un laudo en donde se dispone el pago de más de 1.700 millones de dólares a la empresa Oxy por haber terminado el contrato. El presidente de la República, rafael Correa, manifestó que el país apelará a esta decisión y recurrirá a todas las instancias legales porque el Ciadi se contradice.
La Procuraduría General del Estado informó que el tribunal concluyó también que la petrolera violó el contrato de participación al no obtener la autorización del entonces Ministerio de Energía y Minas para la transferencia de derechos mediante el Acuerdo Farmout, que firmara en octubre de 2000, con la canadiense Alberta Energy Corporation (AEC), lo que en la legislación ecuatoriana es causal de caducidad.
Correa destacó que la decisión del Ciadi no fue unánime pues uno de los miembros, la profesora Brigitte Stern, dictó una enérgica opinión disidente, que dice que a Oxy debió haberse otorgado solo el 60% del valor de la indemnización porque el otro 40% está en manos de una empresa china que no está cubierta por el acuerdo. Además, contempla otros descuentos que reducirían el pago sustancialmente.
El analista petrolero Luis Calero coincidió con este punto de vista. “Se trata de un laudo injusto y contradictorio porque, por un lado, el tribunal reconoce que la empresa Occidental violó el contrato; y por otro, considera que la sanción de caducidad fue una sanción desproporcionada. Por eso es contradictorio”, afirmó.
Sin embargo, indicó que el anular la disposición del Ciadi es imposible, pero sí se puede bajar la cantidad que se debe pagar, lo que está en manos de la Procuraduría General del Estado.
Recordó también que es necesario que las acciones que Ecuador emprendan deben ser las más acertadas, de lo contrario solo se acumularían los intereses, que ya se vienen incrementando desde 2006, cuando se impuso la demanda, expresó Calero.
La aspiración de la transnacional petrolera era que se condenara a Ecuador a pagar $ 3.370 millones bajo el argumento de que Ecuador violó el Tratado Bilateral de Inversiones firmado entre Ecuador y Estados Unidos (TBI) al no otorgar a la inversión de Oxy un trato justo y equitativo, y por haberla expropiado al dictar la caducidad del contrato del Bloque 15.
Diego García Carrión, procurador general del Estado, enfatizó que Ecuador rechaza este laudo y anunció que el equipo de defensa del Estado está definiendo las medidas que podría tomar frente a esta decisión, sin descartar la anulación.
Por otra parte, Rodríguez acotó que, aunque se imponga el pago de la sanción a Ecuador, el país ha recibido por el manejo del Bloque 15 en estos años alrededor de $ 10 mil millones. “En el peor de los casos, que no se logre bajar o anular esta decisión, el país igual ganó”, acotó el ex ministro de Energía.