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El Telégrafo

CNE quiere la opinión de los medios para normar artículo 320

CNE quiere la opinión de los medios para normar artículo 320
20 de octubre de 2012 - 00:00

“Los medios de comunicación están en capacidad de hacer entrevistas con plena libertad y no se necesita autorización del Consejo Nacional Electoral (CNE)”, explicó Medardo Oleas, ex vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (actual CNE).

El ex funcionario mencionó que los medios de comunicación pueden realizar entrevistas y reportajes, siempre y cuando no  publiciten a un candidato. “Si un medio de comunicación entrevista cada día a un candidato diferente no pasa nada porque se está dando espacio a todos por igual”, reiteró.

El pasado miércoles, la Corte Constitucional (CC) estableció que el CNE deberá normar el artículo 203 del Código de la Democracia, una vez que se declaró como inconstitucional una parte de ese numeral. 

En ese sentido, Patricio Pazmiño, presidente de la CC, negó las versiones de que la nueva norma haya caído en palabras “subjetivas y ambiguas”, tal y como lo manifestaron Vicente Ordóñez, presidente de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), y Santiago Guarderas, abogado del gremio.

“La libertad de información y expresión de los comunicadores ha sido protegida y está en pleno ejercicio, debido a que se eliminó y declaró inconstitucional la prohibición que tenían los medios de comunicación de emitir información u opinión durante el período y veto de las campañas electorales”, dijo el periodista en  una entrevista ofrecida al portal Ecuadorinmediato.

Pazmiño informó que la decisión del pleno de la Corte ya  se encuentra en el Registro Oficial. No obstante, recordó que en concordancia con el artículo 172 de la Ley Orgánica de la Corte Constitucional, las partes tienen pleno derecho de solicitar ampliación y aclaración, pero no apelación.

El CNE deberá definir un cronograma para establecer reuniones con los representantes de los medios de comunicación y elaborar una normativa al artículo 203 del Código de la Democracia. Sin embargo, esta disposición mantiene inquietos a otros funcionarios que se desempeñaron en el TSE.

Andrés León, ex vocal de dicho organismo, recordó que la Constitución establece que no se pueden hacer reformas un año antes de las elecciones. “Se hizo una reforma de 4 meses antes del año de elecciones”.

Medios digitales

Tras establecer la diferencia entre los medios convencionales (radio, televisión y prensa) y los medios tecnológicos (Facebook, Twitter, blogs), la Corte indicó que el control se realizará únicamente para los medios tradicionales. No obstante, Domingo Paredes, titular del CNE, señaló el jueves que analizará mecanismos para normar los medios de comunicación virtuales.  

En ese punto, Fernando Cordero, presidente de la Asamblea, manifestó que el organismo electoral no tiene atribuciones  para regular los contenidos de las redes sociales. Explicó que la entidad tiene atribución si es que en ese espacio se publica publicidad, ya que forma parte del gasto electoral.

Christian Espinosa, especialista en redes virtuales, opinó que el control debe llegar a las versiones digitales de los medios de comunicación  y de los periódicos virtuales, mas no se puede controlar las redes sociales que son espacios personales como  el Twitter o Facebook. “Es lo mismo que regular las opiniones de las personas que van a una plaza o parque”.  

En torno a este tema, Paredes instó al criterio de los medios de comunicación para vigilar las opiniones vertidas por parte del público apelando a la ética.

Espinosa coincidió con ese criterio. “El medio de comunicación tiene la responsabilidad de seleccionar minuciosamente lo que se publique. Deben  buscar los filtros para no atentar contra las leyes vigentes”, señaló.

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