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El Telégrafo

Acuerdo de 2007 permite a entidad pago de pensiones

Acuerdo de 2007 permite a entidad pago de pensiones
20 de septiembre de 2012 - 00:00

El Banco de Guayaquil reconoció ayer que tiene un convenio con el Consejo de la Judicatura para el pago de las pensiones alimenticias, aunque aclaró que el acuerdo no implica exclusividad.

“El Convenio de Servicios de Recaudo y Pago de Pensiones Alimenticias, suscrito con la Delegación Distrital del Guayas y Galápagos del Consejo de la Judicatura de Transición (CJT), no dispone que los servicios ofrecidos por el Banco de Guayaquil son exclusivos, por lo que dicha entidad ha estado y está en libertad de celebrar convenios similares con otras instituciones del sistema financiero, o de recaudar las pensiones alimenticias directamente o de la forma que estime más conveniente”.

Así lo indica Miguel Vareles, vicepresidente de Banca Transaccional del Banco de Guayaquil, en un correo dirigido a este diario. El acuerdo fue firmado en 2007.

El directivo explica que la Delegación Distrital del Guayas y Galápagos del CJT requería en esa época mejorar los servicios de recaudación y pago de pensiones alimenticias. Ellos presentaron una oferta para la provisión del servicio, que fue aceptada por la institución.

El banco, indica Vareles, planteó un esquema basado en la conveniencia del servicio para las beneficiarias, tecnología incorporada en el proceso, bajos costos por servicios y una amplia red de cobertura y atención. “Asumimos que esos fueron los factores más importantes que la Función Judicial evaluó para decidir su implementación”, señala.

“El servicio que oferta este banco es el de poner a disposición de los usuarios un sistema en el que los alimentantes depositan las pensiones alimenticias correspondientes, en las cuentas virtuales de las beneficiarias y ellas pueden retirar los valores a través de una tarjeta de débito, mediante los canales transaccionales habilitados para el efecto, cajeros automáticos y bancos del barrio”, indica Vareles.

El ejecutivo menciona que por la recolección de los valores se cobra al alimentante la tarifa de $ 0,50, que es lo permitido por las reglamentaciones de la Junta Bancaria.

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