Ordenanza municipal rige para quema de años viejos gigantes y otros monigotes en las calles
En la urbe porteña rige la ordenanza municipal para la quema de años viejos en la que se prohíbe la venta de monigotes gigantes.
Además, solo podrán ser exhibidos y se establece que únicamente podrán medir hasta 3 metros de ancho por 3 metros de alto.
Solo se realizará la quema de años viejos en las siguientes condiciones: únicamente sobre calles o avenidas pavimentadas con hormigón (cemento de color gris) o que sean solamente rellenadas (cascajo), y en veredas y en solares no edificados.
De los daños ocasionados en las vías asfaltadas o zonas regeneradas se responsabilizará el propietario o arrendatario cuyo predio se halle más cercano al lugar donde la quema produjera deterioros.
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