Este sábado 31 rige la Ordenanza Municipal para la quema de años viejos. La norma establece que la incineración podrá hacerse sobre calles de hormigón (cemento de color gris) o que sean solamente rellenadas (cascajo); y en veredas y en solares no edificados, guardando las debidas precauciones para preservar la integridad y seguridad de las personas y los bienes.
Está prohibida la quema de años viejos o monigotes en las siguientes circunstancias: en las calles y avenidas asfaltadas (pavimento asfáltico de color negro); en la calzada y en sectores que han sido sometidos a la regeneración urbana (adoquinadas o con jardines), por el daño irreparable que el fuego ocasionaría sobre la obra. Además se los deberá incinerar en la vereda o solares no edificados.
Según el Municipio, el incumplimiento de dichas normas será sancionado con lo dispuesto en el artículo 427 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, referente al uso indebido de bienes municipales de dominio público, con la detención de hasta 7 días a los responsables del hecho, sin perjuicio de la imposición de multas y la imputación del pago del costo de los trabajos de la reparación.