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El 31 de diciembre rige norma sobre muñecos

El 31 de diciembre rige norma sobre muñecos
27 de diciembre de 2011 - 00:00

El 31 de diciembre rige la Ordenanza Municipal para la quema de años viejos.  La norma establece que está prohibido vender años viejos gigantes, los cuales solo podrán ser exhibidos. Los monigotes, reza la reglamentación, solo  podrán medir hasta 3 metros de ancho por 3 metros de alto.

La quema de los años viejos podrá hacerse únicamente sobre calles o avenidas pavimentadas con hormigón (cemento de color gris) o que sean solamente rellenadas (cascajo); y  en veredas y en solares no edificados,  guardando las debidas precauciones para preservar la integridad y seguridad de las personas y los bienes.

Está prohibida la quema de años viejos o monigotes en las siguientes circunstancias:  en las calles y avenidas asfaltadas (pavimento asfáltico de color negro); en la calzada; y en sectores que han sido sometidos a la regeneración urbana (adoquinadas o con jardines) por el daño irreparable que el fuego ocasionaría sobre la obra.   Además se los deberá incinerar en la vereda o solares no edificados.  

Según el Municipio, el incumplimiento de dichas normas será sancionado con lo dispuesto en el artículo 427 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, referente al uso indebido, destrucción o sustracción de bienes municipales de dominio público, con la detención de hasta 7 días a los responsables del hecho, sin perjuicio de la imposición de multas y la imputación del pago del costo de los trabajos de la reparación de los bienes destruidos.

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