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El Telégrafo
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Los clubes no podrán diferir los pagos de las primas

Ministerio de Relaciones Laborales pule acuerdo en defensa de deportistas

Ministerio de Relaciones Laborales pule acuerdo en defensa de deportistas
30 de diciembre de 2014 - 00:00

Puntualidad en los pagos, registro de contratos en el ente pertinente, sanciones a los patronos que incurran en mora son, entre otras, las disposiciones que contiene el acuerdo ministerial con el que el Ministerio de Relaciones Laborales busca garantizar el respeto a los derechos de los empleados por parte de las entidades deportivas.

Galo Maldonado, asesor del Viceministro de Trabajo y Empleo, enfatiza que el documento regulará a todas las instituciones deportivas que tengan contratos bajo relación de dependencia con deportistas, no es exclusivo para clubes de fútbol.

Esta herramienta jurídica obligará a los entes empleadores a cancelar los salarios de los atletas, máximo, en los 10 primeros días de cada mes y las primas en un tiempo que no exceda los 30 días de la fecha en la que se generó el compromiso. El beneficiario de la prima deberá recibir el monto acordado en un solo pago.

Otro tema que las autoridades laborales consideran prioritario es el registro de los contratos de trabajo de los jugadores en el Ministerio de Relaciones Laborales, así como la revisión de las actas de finiquito toda vez que la relación de dependencia se dé por terminada.      

Maldonado subraya que ninguna de las federaciones ecuatorianas por deporte podrá registrar a un exponente mientras su contrato no sea ingresado formalmente al Ministerio de Relaciones Laborales.

Sobre las causales de visto bueno, indica que, si bien en el caso de los jugadores, la Ley del Futbolista Profesional contempla motivos especiales para aplicar esta figura, eso no les impide ampararse en las causales generales que contempla el Código de Trabajo. Y sea cual fuere la causa y la normativa en la que se ampare un jugador para pedir el visto bueno, el atleta gozará de libertad contractual, es decir, quedará facultado a firmar un nuevo contrato con otro club que lo requiera. También es importante señalar la obligatoriedad de los patronos a afiliar a los exponentes al Seguro Social. En torno a las sanciones, el irrespeto a los derechos laborales por parte del patrono activará sanciones, entre ellas una multa máxima de 200 remuneraciones unificadas.

Maldonado añade que el contenido del documento es fruto del consenso al que se llegó con la Asociación de Futbolistas del Ecuador (AFE) y con Agustín Delgado, presidente del Grupo Parlamentario por el Deporte de la Asamblea Nacional. En estos días se propiciará una reunión con los representantes de los clubes de fútbol y de otros entes deportivos para socializar las implicaciones del acuerdo, cuyo contenido sería expedido entre la primera y segunda semana de enero de 2015.

Al respecto, Edwin Tenorio, vicepresidente de la AFE, manifiesta que el texto del documento no satisface las expectativas de los jugadores. Pese a ello, califica de positiva la inscripción de los contratos en el Ministerio de Relaciones Laborales, antes de ir a la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF). Cree que lo fundamental es derogar la ya obsoleta Ley del Futbolista, porque no se adecúa a las necesidades de los jugadores. Tampoco está claro cuál será el rol de la FEF, responsable en buena parte  de la vulneración de los derechos de los atletas; y de qué manera se pueden priorizar demandas tan indispensables como el tener afiliación en el Seguro Social, pues algunos clubes permanecen en mora y otros omiten afiliar a los exponentes. Por este y otros motivos no cree que la creación de la Liga Profesional sea una salida. “Total, será manejada por los mismos directivos que tienen quebrado a nuestro fútbol”, reflexiona.

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