En los casos de violencia de género se debe actuar rápido
Es una premisa válida en cualquier país del mundo: una justicia que demora demasiado en ser aplicada no sirve de nada porque hasta que se dicte una sentencia o se decida una acción se cometen muchas injusticias. Por ahí va la idea del Consejo de la Judicatura (CJ) de transición, que anuncia su decisión de abrir expedientes disciplinarios contra los jueces que no atiendan prioritariamente las causas sobre violencia de género.
El plazo que anuncia el CJ es de dos horas desde que la denuncia es presentada. En el país están creadas 91 unidades de violencia de género y la nueva norma indica que los jueces serán sancionados en caso de no atender las denuncias. Se trata de una medida que busca agilizar las acciones porque muchas veces el causante de la violencia tiene tiempo para huir y el caso queda en el vacío.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) estableció ese tiempo, solo falta que se convierta en realidad para que los jueces cumplan con su obligación y evitar que los casos se olviden con el tiempo en un país como el nuestro, que arroja altos índices de violencia de género. Una estadística actualizada anota que, frente a los delitos de violencia, el 60% de las mujeres no denuncia y que el 62% de las víctimas tiene entre 15 y 35 años.
En los últimos tres años se han registrado judicialmente 7.531 casos de violencia contra las mujeres, un número preocupante que obliga a tomar acciones ejemplares. Algunos de estos casos terminan en femicidio o feminicidio, tal como define la Real Academia de la Lengua al asesinato de una mujer por razón de su sexo.
Las sociedades han evolucionado, se han globalizado, la tecnología alcanza progresos admirables y rápidos, pero la justicia se ha vuelto contemplativa frente a este delito. De allí la importancia de que actúe con rapidez para que el delito no quede impune. El 27 de noviembre la CJ aprobó esta norma bajo los principios de celeridad y responsabilidad. Una atención adecuada y oportuna dentro de los tiempos procesales no debe demorar más de dos horas después de recibir el testimonio de la víctima. (O)
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