Decreto presidencial restringe libertad de tránsito de 20:00 a 05:00
El presidente de la República Lenín Moreno decidió, a través del Decreto Ejecutivo 888 emitido la tarde del martes 8 de octubre de 2019, restringir la libertad de tránsito y movilidad en todo el territorio nacional en el horario comprendido de 20:00 a 05:00 de lunes a domingo en áreas aledañas a edificaciones e instalaciones estratégicas como edificios donde funcionan las sedes de las Funciones del Estado y otras que defina el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mientras dure el estado de excepción.
En el artículo 5 del documento se menciona que las medidas de limitación y suspensión "únicamente aplicarán por un plazo de treinta días (...) si permiten cumplir los objetivos del estado de excepción, (ii) no afecten el derecho a la protesta pacífica, constitucionalmente reconocido; y, (iii) se desarrollen en el marco del uso de la fuerza de manera necesaria, proporcional y progresiva por parte y complementariamente de las Fuerzas Armadas".
Además, el texto precisa que la restricción del tránsito y la movilidad se aplicará según las necesidades establecidas por el Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional, para mantener el orden público íntimo, abriendo la posibilidad de establecer salvoconductos, según el caso. (I)
DECRETO EJECUTIVO N° 888 | El Gobierno Nacional vela por el bienestar del país y por la seguridad de todos los ciudadanos.#EcuadorPaísDePaz #DecididosACrecer#ApoyoALaDemocracia pic.twitter.com/TEovyaAqiC
— Comunicación Ecuador (@ComunicacionEc) October 8, 2019
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