Las instituciones públicas y privadas deberán realizar un registro de sus trabajadores que sean migrantes extranjeros. El Ministerio de Trabajo expidió un instructivo con el que se busca verificar el cumplimiento de los derechos laborales que amparan a estas personas.
El acuerdo ministerial MDT-2018-0006, del 24 de enero, fue publicado esta semana por la entidad. Establece desde el próximo 20 de febrero de este año corre un plazo de 30 días para que los empleadores del sector público, privado y organizaciones de la economía popular y solidaria entreguen la información a la Secretaría de Trabajo.
El registro es obligatorio y contiene 13 datos de los trabajadores migrantes como su estado civil, dirección domiciliaria, nacionalidad, país de origen, pasaporte o documento de identidad, cargo que va a desempeñar, remuneración que percibirá, plazo del contrato, lugar del trabajo y jornada laboral.
Los inspectores de trabajo del Ministerio se encargarán de hacer las verificaciones correspondientes.
La legislación ecuatoriana establece que los trabajadores extranjeros deben percibir como remuneración, al menos, el salario básico unificado vigente y estar afiliados al sistema de Seguridad Social.
Los empleadores que no acaten estas disposiciones estarán sujetos a sanciones y multas de cualquier naturaleza, indica el acuerdo, ya sean personas jurídicas o naturales. Las primeras pagarán 10 salarios básicos; y las segundo cancelarán 15 remuneraciones, al igual que las instituciones públicas.
A mediados de enero el titular de la Cartera de Trabajo, Raúl Ledesma, indicó a EL TELÉGRAFO que el registro permitirá regularizar el trabajo informal de los extranjeros residentes en el país, especialmente de Venezuela, Colombia, Cuba y Perú.
“No podemos permitir sean precarizados ni que se les pague menos que a los ecuatorianos. Tienen iguales derechos y los vamos a defender a través de un registro simplificado”, aseguró Ledesma. (I)
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