La SCPM modificó resoluciones sobre dinero electrónico en bancos privados
La Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI) de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) adecuó parte del contenido de las resoluciones del 13 de diciembre de 2016 y del 3 de enero de 2017 concernientes a disposiciones para el uso de dinero electrónico en las entidades que integran la Asociación de Bancos Privados de Ecuador (Asobanca).
La primera resolución ordenaba a los bancos implementar en un lapso de 30 días las facilidades necesarias para los clientes que soliciten efectuar operaciones con dinero electrónico. El plazo que vencía hoy quedó sin efecto y ahora será determinado por el Banco Central del Ecuador (BCE), informó Marcelo Ortega, presidente de la comisión.
En la segunda se establece que los usuarios de dinero electrónico puedan enviar y recibir transferencias desde y hacia cuentas en el Sistema Financiero Nacional, de acuerdo al instructivo del BCE.
En ambas disposiciones se ordena dar facilidades para que los clientes puedan usar su tarjeta de débito para realizar recargas o transferencia de valores a su cuenta de dinero electrónico. Las entidades bancarias deberán publicar en sus páginas web el tutorial del BCE sobre el uso del medio electrónico de pago. (I)
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