Los asambleístas recibieron ayer el informe para segundo debate del proyecto de ley derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia y reforma a las leyes del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, de Economía Popular y Solidaria; de Compañías y de Instituciones del Sistema Financiero, que fue remitido por la Comisión de Régimen Económico y Tributario.
Principalmente se crea el Registro de Datos Crediticios que contendrá personas naturales y jurídicas, que no se podrá comercializar, se prohíbe la entrega del historial crediticio a cualquier institución que no esté determinada en la ley, la información crediticia individualizada de los últimos 20 años será administrada por la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS), así como los soportes de los créditos de los últimos tres años y sanción hasta 50 remuneraciones a la institución que entregue información falsa o maliciosa, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales.
La normativa evitará que la información crediticia personal “se convierta en mercancía especulativa, no será vendida a las instituciones financieras y comerciales, que utilizaban a su arbitrio, sin ninguna regulación, llegando hasta el punto de discriminación de los ciudadanos por su registro crediticio”.
La información crediticia que tendrá la SBS será verificada electrónicamente por los bancos en el momento de otorgar un crédito. Las instituciones del sistema financiero tendrán un plazo de 60 días para entregar a la SBS el sustento de las operaciones crediticias activas de los últimos tres años que se encuentren en la central de riesgos.
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