Pregunta C: un concurso de mérito y oposición determinará jueces constitucionales
Jueces constitucionales resolverán en primera y segunda instancia sobre los recursos jurisdiccionales como hábeas corpus, acciones de protección y medidas cautelares. Actualmente, cualquier juez, sin importar su área de especialización, es el encargado de resolver ese tipo de recursos.
La pregunta C aprobada en la Consulta Popular abre el paso para la instalación de Judicaturas especializadas en materia constitucional. Con esto, el Gobierno planteó enfrentar el otorgamiento de ese tipo de recursos sin mayor análisis técnico.
Por ejemplo, un hábeas corpus permitió la salida de uno de los cabecillas del grupo de delincuencia organizada Los Choneros, Junior Roldán. Dicha decisión judicial fue criticada por varios sectores, teniendo en cuenta la peligrosidad del implicado.
El anexo que se incluirá en la Constitución establece que, “en primera instancia, será competente la jueza o juez constitucional especializado del lugar en donde se origina el acto u omisión”.
Pero, la decisión podrá ser apelada. En ese caso, será conocida por la Sala Especializada de lo Constitucional de la Corte Provincial.
Esta pregunta sí requerirá de un lapso para su instalación. Sobre todo, porque se tendrá que designar a los jueces para dichas judicaturas.
La enmienda señala que el Consejo de la Judicatura deberá organizar, a nivel nacional, el proceso de selección, mediante concurso de méritos y oposición, para designar a las y los jueces constitucionales especializados.
Eso aplica tanto para aquellos de primera instancia como para los que integrarán las Salas Especializadas de lo Constitucional de las Cortes Provinciales.
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