Elecciones: ¿Debo ir a votar si viajo o tengo una intervención médica?
En Ecuador, el voto es obligatorio para las personas de 18 a 65 años; es facultativo (no obligatorio) para jóvenes de 16–17, mayores de 65, personas con discapacidad, miembros en servicio activo de FF.AA. y Policía, y ecuatorianos residentes en el exterior. Si una persona obligada a sufragar no acude a las urnas y no justifica su ausencia, el CNE aplica una multa equivalente al 10% del salario básico unificado.
Viaje: ¿me pueden exonerar?
Sí, solo si estás fuera del país el día de la elección o ingresas/llegas al Ecuador ese mismo día. Para justificarlo debes presentar en la Delegación Provincial Electoral tu pasaporte (página con foto y sellos de salida/ingreso) o, si viajaste sin pasaporte por frontera, un certificado migratorio. Con esta causal, el CNE exonera la multa y te emite certificado de votación.
Importante: viajar dentro del país no es causal de exoneración por sí sola; si no votas y no calificas en otra causal, se genera la multa.
Salud o intervención médica: ¿puedo justificar?
Sí. Quienes no puedan votar por motivo de salud o impedimento físico pueden justificar con certificado de un médico del Sistema Nacional de Salud público o privado (en el caso de certificados privados, deben validarse en un centro del sistema público). Esta causal cubre enfermedades, reposos e intervenciones que impidan trasladarse y sufragar. La justificación exonera la multa y habilita la emisión del certificado de votación.
Otras causales aceptadas
- Mandato legal (personas privadas de libertad o bajo disposición judicial).
- Calamidad doméstica grave ocurrida el día de la elección o hasta 8 días antes (debe sustentarse).
- Quienes cumplen actividades propias del evento electoral el día de la votación.
¿Cómo y dónde se hace el trámite?
- Acércate a la Delegación Provincial Electoral (ventanilla única/Secretaría General).
- Lleva cédula y documentos de sustento (pasaporte o certificado migratorio para viaje al exterior; certificado médico para salud; documentos para calamidad, etc.).
- Llena el formulario de justificación (disponible en el sitio del CNE).
- El trámite no tiene costo y el CNE responde en aprox. 48 horas. Resultado: exoneración de multa y certificado de votación.
¿Qué pasa si no justifico?
El CNE aplica la multa del 10% del SBU por no votar (y del 15% del SBU si, además, incumples como miembro de mesa). Esas sanciones quedan registradas hasta que pagues o justifiques.
También le puede interesar:
#Atención | Las personas que vayan a sufragar en estado de embriaguez en la Consulta Popular y Referéndum del domingo 16 de noviembre serán sancionadas. #LeáloEnET: https://t.co/EvmmHy2EJt pic.twitter.com/RgfGjoSDRB
— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) October 26, 2025