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El Telégrafo
Dayana León

Brechas de género en la acción política de mujeres

08 de mayo de 2019 - 00:00

En los últimos días erróneamente me preguntan, luego de editoriales sobre democracia paritaria, por qué las mujeres tenemos ciertos “privilegios” en la Constitución si solamente por capacidades y no por acciones afirmativas merecemos llegar a espacios de poder.

En torno a este tema, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer se refiere a “la adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer”.

Añade que cesarán las medidas cuando se alcancen los objetivos de igualdad de oportunidad y trato. Por tanto, en el caso de Ecuador, aún se mantienen las brechas de género en la participación política y pública de las mujeres, por lo que las acciones afirmativas no se eliminan sin cumplir los propósitos.

En los próximos días en todo el país concluirá la proclamación de resultados luego de los comicios seccionales de 2019, pero hay que estar vigilantes para que se cumpla con lo establecido en el artículo 317 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización sobre la elección de la segunda autoridad en los concejos metropolitanos y municipales, en correspondencia con el principio de paridad entre mujeres y hombres.

Aunque la normativa señale textualmente que esto último se aplica “en donde fuere posible”, recordemos que en Ecuador ninguna norma jurídica puede restringir el contenido de los derechos ni tampoco las garantías constitucionales, donde la paridad es esencial y no debe ser discrecional.

En los escenarios de cada cantón el marco legal no tiene que dar tregua a quienes promuevan acuerdos políticos al margen de la aplicación de instrumentos internacionales de derechos humanos con enfoque y perspectiva de género.

Por eso, las mujeres, desde nuestras fortalezas y liderazgos, somos esa voz de protesta ante injustas decisiones que podrían excluirnos de los espacios de poder y representación, sin aplicar los principios constitucionales que prevalecen sobre cualquier ley. (O)

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