El gran culpable….
El gran culpable de la crisis penitenciaria es el sistema penal instaurado desde el año 2014, con la expedición del COIP. Y es que para llegar a esa afirmación nos basamos en las estadísticas judiciales. Para el año 2008 la población penitenciaria en el Ecuador era de aproximadamente 13000 personas y a esta fecha son como 39000. Y eso que la infraestructura carcelaria aumentó, con flamantes cárceles de cemento.
Los estados de excepción no han sido la medicina al problema carcelario que arrastramos desde hace años atrás. El sistema penitenciario debe ser manejado por criminólogos, es decir por expertos y la política pública del gobierno debe ir hacia allá, habíamos escrito en otra ocasión.
El Presidente ha emitido dos decretos de indulto, y al parecer con los que se beneficiarían aproximadamente unas dos mil personas privadas de libertad, que de alguna manera da un respiro frente al hacinamiento provocado por el sistema penal y actitudes de jueces, fiscales y defensores públicos. Y ante este pronunciamiento presidencial ya están los detractores naturales de un país inconforme como el nuestro para subestimar lo realizado.
Si es que existe ese afán de resolver el problema carcelario debería ampliarse el indulto a personas sentenciadas por delitos menores como son los delitos contra la propiedad de ínfima cuantía y por microtráfico que entendemos constituyen un número significativo de personas privadas de la libertad. El indulto presidencial es lo que está a las manos frente a la crisis penitenciaria y los polvorines que se dan todo un tiempo, aunque ahora estamos en tregua.
De otro lado, el legislador ya debe ir pensando en las penas alternativas a la cárcel, como es el cumplimiento de la pena los fines de semana, o en el domicilio sin vigilancia policial. Igualmente urge la reforma al COIP en cuanto se refiere a la obligación de atender los beneficios carcelarios por parte de los jueces de garantías penitenciarias, imponiendo tiempo prudenciales para el despacho, bajo prevenciones de incumplimiento.
Y finalmente se debe revisar el “procedimiento abreviado”, el otro gran culpable del hacinamiento instaurado desde el año 2014, pues es inconstitucional por donde se lo vea, pero si se insiste en ello, debería permitirse la aplicación de la suspensión condicional de la pena, sin descuidar por supuesto la reparación integral a la víctima. En fin, hay mucho que hacer.
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