Publicidad

Ecuador, 29 de Marzo de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Un médico fue sentenciado por mala práctica médica en Cotopaxi

El homicidio culposo por mala práctica médica está tipificado y sancionado en el artículo 146, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El homicidio culposo por mala práctica médica está tipificado y sancionado en el artículo 146, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Foto: Internet
30 de marzo de 2023 - 18:23 - Redacción Web

Fernando C, médico, fue sentenciado a cuatro años de pena privativa de la libertad como autor directo del delito de homicidio culposo por mala práctica médica, en Cotopaxi. Lo informó la Fiscalía General del Estado este jueves, 30 de marzo de 2023. 

La víctima fue Dayana B. quien falleció al practicarse una rinoplastia y lipoescultura. El hecho se dio el 10 de marzo de 2018 cuando la mujer, de 20 años, ingresó a la clínica San Miguel para realizarse el proceso quirúrgico. En la noche, los familiares se enteraron de su muerte, por una hemorragia interna causada por lesiones vasculares producidas con las cánulas de liposucción que penetraron en el páncreas e hígado.

La fiscal Margarita Díaz presentó testigos como el médico que practicó la autopsia y el perito que realizó la inspección ocular técnica. Además se verificaron los implementos utilizados en la operación. 

Uno de los testigos relató que el médico no colaboró con la anestesióloga al momento de practicar la reanimación cardiopulmonar. Mientras que el Gerente de la casa de salud donde ocurrieron los hechos, refirió que es un hospital básico y que no contaba con una Unidad de Cuidados Intensivos.

Además, se impuso el pago de USD 50.000 como reparación integral para los familiares de la víctima y de una multa de diez salarios básicos unificados (USD 4.500) para el sentenciado, y la inhabilidad para ejercer su profesión por cuatro años.

La norma 

El homicidio culposo por mala práctica médica está tipificado y sancionado en el artículo 146, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media