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Luigi García, abogado de niño afectado

“A mí me corresponde iniciar el caso ‘Nachito’ desde cero”

“A mí me corresponde iniciar el caso ‘Nachito’ desde cero”
Foto: Álvaro Pérez / EL TELÉGRAFO
12 de abril de 2019 - 00:00 - Redacción Sociedad

Una sentencia no ejecutoriada y la anulación del proceso en el caso conocido como “Nachito”  llamaron la atención del jurista Luigi García.

“Nachito” es el nombre protegido del menor de edad afectado, en 2014, por presunta mala práctica médica, lo que provocó una discapacidad intelectual del 38%.

El abogado asumió la defensa gratuita tras conocer al infante y su afectación en la salud. Justamente, él se enteró del caso tras leer una nota publicada, el 3 de marzo de este año, en la edición dominical de EL TELÉGRAFO.

El proceso judicial partirá desde cero y con la limitación del tiempo, ya que en noviembre de 2020 se cumple el plazo para que este tipo de casos prescriba. “Con la nulidad vamos a exigir a los jueces de primera instancia que aceleren el proceso, que den un tratamiento especial al caso que conlleva  violaciones de los derechos humanos”.

¿Cómo se puede acelerar el proceso?

Primero socializando el tema para que los jueces conozcan que el caso va a prescribir y así lograr que los plazos, dentro de los parámetros se cumplan, dar agilidad en el despacho de providencias y pericias que vamos a practicar.

Si hay el tratamiento debido, en cada instancia, vamos a tener una sanción ejemplarizadora y la reparación integral.

¿Cuál sería la sanción esperada?

Considero que corresponde la máxima de la pena que es tres años de prisión y en lo que respecta a la reparación integral se los puede indemnizar. Pero si esta última no cumple las expectativas para darle una mejor vida al menor, tenemos planificado presentar una demanda en contra del Estado, porque a la larga este debe resarcir la mala práctica médica y judicial para satisfacer el requerimiento de los padres. Luego el Estado tendrá que ejecutar el derecho de repetición contra los galenos responsables del delito.

¿En qué tiempo se podría pensar en una sentencia?

Tenemos 90 días para el tema de la instrucción fiscal, luego de esto el juez debería señalar la audiencia preparatoria de juicio contra estas personas.

Esperamos tener cerrado el caso tentativamente en un año y evitar la prescripción, siempre que los jueces administren justicia.

¿Qué pasa si no hay la agilidad esperada ni las sanciones?

Vamos a exigir del Estado la indemnización por la mala práctica médica porque estos funcionarios son parte del Estado.

Hay que diferenciar dos cosas: una es la reparación integral de daños y perjuicios que tendremos que iniciarlos en contra de quienes sean sentenciados (o contra el Estado); y la otra parte es la sanción penal ordinaria del delito culposo que se denuncia contra las cuatro personas, una de ellas la doctora y las otras profesionales que asistieron en la terapia intensiva.

¿Por qué no se demanda también a la casa de salud?

Dentro de la investigación no ha existido una actuación dolosa, ni culposa del centro hospitalario, es el operador médico quien comete los errores como perforar el intestino, o generar quemaduras de segundo y tercer grado.

 ¿Qué criterio tiene sobre el defensor de la doctora acusada?

Me llamó la atención en este caso que el colega (caracterizado por ser un defensor de derechos humanos) haya estado en la defensa de la doctora Yolanda G; y eso preocupa porque en esa condición hay casos que puedo asumir y otros no. Si se analiza este, se evidencia la materialidad porque se afectó la salud.

Por eso al menos debió dar un paso al costado y no asumir la defensa porque esa intervención -bajo el conocimiento social y público de que soy defensor de derechos humanos- puede influir en la decisión de los jueces y más si fue miembro del Consejo de la Judicatura Transitorio. (I)  

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