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COE autoriza el mantenimiento de vehículos de la cadena logística

Mediante el Acuerdo Nro. 015- 2020 se tomó la decisión para garantizar el buen estado de los vehículos de carga que abastecen de productos de primera necesidad a todo el país.
Mediante el Acuerdo Nro. 015- 2020 se tomó la decisión para garantizar el buen estado de los vehículos de carga que abastecen de productos de primera necesidad a todo el país.
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El COE Nacional, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, comunicó este domingo 12 de abril de 2020, que está autorizada la comercialización de repuestos y atención en los talleres de mantenimiento vehicular.

Mediante el Acuerdo Nro. 015- 2020 se tomó la decisión para garantizar el buen estado de los vehículos de carga que abastecen de productos de primera necesidad a todo el país.

De ese modo, autoriza la prestación del servicio de mantenimiento y reparación de vehículos y sus partes, a escala nacional.

Por ello, también se permite el traslado y comercialización de repuestos, incluyendo neumáticos, baterías, lubricantes y demás autopartes y productos necesarios para el mantenimiento de los vehículos que pertenecen a la cadena logística de transporte.

Este traslado se permitirá sin restricción de placa y horario de toque de queda. Además, podrán circular, sin restricción, los vehículos en los que se movilicen los trabajadores de mecánicas, vulcanizadoras, lubricadoras y demás talleres que presten servicio de mantenimiento y reparación a los transportes habilitados por el COE Nacional.

No de carga liviana
Los vehículos particulares que requieran movilizarse a los diferentes talleres de mantenimiento o reparación de vehículos podrán circular conforme las restricciones vehiculares de placa y el horario de toque de queda.

La disposición, aclara el comunicado, no aplica para los vehículos de carga liviana, mixta y pesada, taxis, institucionales y demás habilitados para circular en Estado de Excepción que requieran mantenimiento o reparación vehicular.

El Ministerio de Transporte solicita a los trabajadores de los talleres mecánicos ubicados en los corredores logísticos, a brindar sus servicios en horarios extendidos e implementar protocolos internos de bioseguridad para contribuir en la atención de la emergencia. (I)

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