Ecuador, 16 de Abril de 2024
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El Telégrafo
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Criptomonedas para evadir el ISD

Las criptomonedas son monedas virtuales, que como cualquier otra moneda en papel o metálico, sirven para adquirir bienes o servicios; su particularidad es que están fuera del control de los gobiernos y de las instituciones financieras.

¿Esto funciona o es proyecto? ¡Funciona! y basta que dos personas acuerden que un pago por bienes, servicios o ejecución de obras, sea con criptomonedas (bitcoin, bitcoin cash, ether, litecoin, ripple); para lo que existe un libro digital (blockchain) en el cual se registran todas las transacciones (https://bitcoin.org/es/).

De su parte tenemos el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que grava la transferencia o traslado de divisas al exterior. Y el sistema en la práctica se sostiene y funciona para el SRI, por los agentes de retención, que son las instituciones del sistema financiero. El ISD generó en 2017 ingresos para el Estado en más de $ 1.000 millones.

¿Qué ocurriría si una empresa ecuatoriana realiza transferencias al exterior con criptomonedas en lugar de hacerlo en dólares? ¿Paga ISD?; lo primero es definir si la criptomoneda es una divisa, esto es, si es un instrumento aceptado como medio de pago.

Sobre este punto el Banco Central señaló que el “(…) bitcoin no es una moneda de curso legal y no está autorizada como un medio de pago de bienes y servicios en Ecuador, conforme lo establece el Código Orgánico Monetario y Financiero”; con ello queda claro que el bitcoin no es una divisa (no es legal) y como tal, no está sujeta al pago del ISD.

Adicional y operativamente no hay quién se haga cargo de la recaudación del ISD por pagos en criptomonedas, ya que las instituciones del sistema financiero se encargan de su recaudación, descontando del valor de la transferencia el monto del impuesto. Lo cual no es posible, en las mismas condiciones, con las criptomonedas, toda vez que las mismas no se bancarizan.

Por lo cual el ISD queda en una situación comprometida no solo en su crecimiento de recaudación, sino incluso en una pérdida de la misma, por contribuyentes que pasen a utilizar como medio de pago criptomonedas dejando en una situación de trato discriminatorio y violatorio del principio de equidad tributaria a los contribuyentes del impuesto.

Por lo que se precisa una reforma en el ISD para dar un trato equivalente en la operación con criptomonedas frente a hacerlo con dólares. (O)

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