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Corte interamericana y derechos LGTBI

Corte interamericana y derechos LGTBI
24 de junio de 2018 - 00:00 - Claudia Storini

El 24 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expidió la Opinión Consultiva N.º 24, solicitada por el Estado de Costa Rica.

En tal virtud, desarrolló tres argumentos, el primero relativo al derecho a la igualdad y no discriminación de personas LGTBI, el segundo al derecho a la identidad de género y los procedimientos de cambio de nombre, para finalmente, determinar los vínculos de parejas del mismo sexo. Respecto a la igualdad y no discriminación consagrados en el artículo 1.1 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), la Corte evidenció la histórica exclusión sufrida por las poblaciones LGTBI al acceso igualitario en instituciones y goce efectivo de sus libertades. Enfatizo que los Estados partes no pueden en forma directa o indirecta restringir derechos a personas en función de su orientación sexual e identidad de género.

Por tal razón, toda figura jurídica cuyo goce adquieran las personas heterosexuales y cisgénero debe ser extensiva a quienes planifican su vida y futuro en forma diferente, es decir, las personas LGTBI. En cuanto al derecho a la identidad de género, la Corte interpretó los artículos 3, 7, 11 y 18 del Convención Americana de Derechos Humanos y defendió que los Estados deben garantizar el derecho de las personas traes a cambiar su nombre y sexo, mediante procedimientos administrativos rápidos y sencillos. Además que las personas LGTBI se auto identifiquen sin mayor requisito que la mera voluntad.

De igual forma, se refirió a las modalidades de constitución familiar, interpretó el artículo 17 CADH y afirmó que las formas jurídicas de construcción familiar -unión civil y matrimonial- deben ser leídos en forma garantista, atendiendo a la facultad de las parejas indistintamente de su orientación sexual e identidad de género.

Gracias a esta Opinión Consultiva N.º 24, América Latina tiene la oportunidad de convertirse en líder en materia de derechos LGBTI. La duda está en si los Estados de la región tendrán el valor para hacer frente a las múltiples y agravadas formas de violencia y discriminación con que se enfrentan cotidianamente las personas LGTBI, y estar a la altura de esta histórica oportunidad. (O) 

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