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Proyecto de Ley de Creación de Consejos para la Igualdad pasa al Registro Oficial

Proyecto de Ley de Creación de Consejos para la Igualdad pasa al Registro Oficial
01 de julio de 2014 - 12:44

La Asamblea resolvió la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad, por lo que la normativa será remitida al Registro Oficial para su promulgación.

El proyecto promueve la protección y garantía de los derechos de las personas, grupos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, estableciendo mecanismos para la igualdad formal que garanticen la no discriminación en la diversidad intercultural para la construcción del Estado plurinacional e intercultural.

Bajo estos principios, se crean cinco consejos para la igualdad: de género; intergeneracional; de pueblos y nacionalidades, de discapacidades; y de movilidad humana, que deberán promover, impulsar, proteger y garantizar el respeto del derecho de igualdad y no discriminación, a fin de fortalecer la unidad nacional en la diversidad.

El análisis de la objeción tuvo como base en informe no vinculante preparado por la Comisión de Derechos Colectivos, que recomendó el allanamiento parcial a las observaciones realizadas por el presidente de la República, Rafael Correa.

El Pleno se allanó, con 90 votos afirmativos, a las objeciones a los artículo 2 (inciso segundo), 11, a la Disposición Transitoria Sexta, Disposiciones Reformatorias Primera y Segunda y Disposiciones Derogatorias Segunda y Cuarta, mientras que por la ratificación de la Disposición Transitoria Décima votaron 91 asambleístas.

Conforme lo recomendado por la comisión, se ratificó el texto de la Disposición Transitoria Décima, que establece que en el caso de aquellos cantones en los que no se hubiesen creado los Consejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia se convertirán en Consejos Cantonales de Protección de Derechos y deberán cumplir las funciones establecidas en el artículo 598 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

En el caso del personal de los Consejos Cantonales de Niñez y Adolescencia podrán, previa evaluación, ser parte del Consejo Cantonal de Protección de Derechos.

El segundo inciso del artículo 8 del proyecto establece que para participar se requiere ser sujeto destinatario de la política pública conforme a las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidades y movilidad humana, del consejo para el cual se aplica.

Se dispone, además que los Secretarios Técnicos de los Consejos Nacionales para la Igualdad serán designados por el Presidente del Consejo respectivo, de fuera de su seno, serán de libre nombramiento y remoción, deberán poseer título de tercer nivel de educación superior; ejercerán la representación legal, judicial y extrajudicial de los Consejos Nacionales para la Igualdad.

Respecto al Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador, los bienes muebles e inmuebles pasarán a formar parte de la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, fortaleciendo y ampliando la cobertura de los servicios de banca de segundo piso para las nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios. El recurso humano que actualmente presta sus servicios en este fondo podrá pasar a la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, previa evaluación y calificación por parte del Ministerio de Relaciones Laborales.

De existir cargos innecesarios se aplicará el proceso establecido para los casos de cesación definitiva de conformidad con la Ley Orgánica de Servicio Público.

Fuente: Asamblea Nacional

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