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Gobierno simplifica los trámites para ejecución de proyectos de vivienda

Gobierno simplifica los trámites para ejecución de proyectos de vivienda
30 de abril de 2015 - 11:07

El presidente de la República, Rafael Correa, firmó el Decreto Ejecutivo N.- 661, respecto al reglamento para la simplificación de trámites relacionados con el derecho de las personas a acceder a una vivienda.

El documento determina los criterios de actuación de los órganos de Administración Pública y de aquellas personas de derecho privado a las que se les haya delegado la gestión de actividades relacionadas con los procedimientos de administrativos vinculados con la ejecución de proyectos de vivienda.

Las reformas al Reglamento General de la Ley de modernización del Estado privatizaciones y prestación de servicios públicos por parte de la iniciativa privada


Sobre la eficiencia de los procedimientos administrativos relacionados con el acceso a la vivienda

"La administración verificará el cumplimiento del ordenamiento jurídico o las normas técnicas aplicables a un proyecto de vivienda con posterioridad al otorgamiento de la correspondiente autorización para su ejecución, empleando sistemas meramente declarativos, sin revisión previa.  Se entiende por sistemas declarativos aquellos en los que el interesado entrega a la Administración la información relevante del proyecto mediante formularios y formatos normalizados para acceder inmediatamente a los documentos con los que se permite la ejecución de deicho proyecto.

Art. 2

Acceso a la información para la planificación y diseño de proyectos de vivienda.

Administración deberá entregar la información íntegra a su cargo para que pueda planifica y diseñar el proyecto inmobiliario.

interesado accede a través de un formulario estandarizado: la idea preliminar del proyecto, mediante la correspondiente memoria técnica agregada al formulario preparado para este propósito;

la identificación del interesado, a través de la determinación de su registro único de contribuyentes o cédula de ciudadanía; y la identificación del bien inmueble en el que se desarrollaría el proyecto, a traves del indentificador del catastro.

"La información incompleta o inexacta entregada por la Administración no constituye excusa para negar cualquier aprobación posterior que le afecte al proyecto o requerir del interesado actuaciones que no hayan sido objeto de la información y requerimientos originalmente provistos".

"La entrega de la información por parte de la Administración para el diseño y planificación de los proyectos inmobiliarios de vivienda deberá efectuarse en el plazo máximo de 30 días contados desde la fecha de requerimiewnto del interesado.

De no hacerlo, "el interesado puede efectuar las tareas de diseño y planificación del proyecto de conformidad con las normas técnicas disponibles a nivel nacional y la Administración no puede, en lo posterior, oponer ningún requisito o criterio que no hubiese proveído oportunamente al interesado".

Administración deberá instrumentar sistemas de ventanilla única en los cuales el interesado se relacionará con un único órgano dew la Administración para la obtención de sus informes y autorizaciones.

sin que el interesado deba asumir las cargas burocráticas originadas en dichos procedimientos.


Art- 4 simplificación de trámites en materia de autorización para fraccionar el suelo

expedición de autorizaciones para la construcción.


trámite para la declaración y registro de un bien inmueble bajo régimen de propiedad horizontal

requisitos documentales para los procesos de autorización para la construcción

priorización en materia de crédito en el sistema financiero público

"El Banco del Estado, dentro del flujo de sus procedimientos, deberá establecer como requisito para la concesión de un crédito, su renovación o pagao de desembolsos, la justiciación de la implementación de un programa de simplificación y rcionalización de trámites.

Administración: órganos y entidades públicos comprendidos en su ámbito de aplicación, cualquiera sea el nivel de gobierno

"autorización para fraccionar el suelo  (fraccionamiento de un bien raíz en lotes de menor extensión.

"autorización de construcción (

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