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Consejo acepta 3 recursos de revisión

Consejo acepta 3 recursos de revisión
Foto de Archivo: Miguel Jiménez / El Telégrafo
20 de octubre de 2018 - 00:00 - Redacción Actualidad

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (CPCCST) aceptó parcialmente los recursos de revisión presentados por tres candidatos, dentro del proceso de selección y designación del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Mientras que se rechazaron los presentados por María de los Ángeles Bones, Cristina Kronfle, Carmen Montesdeoca y José Cabrera.

El presidente del Consejo Transitorio, Julio César Trujillo, aclaró que los siete candidatos que presentaron los recursos de revisión están calificados para avanzar a las siguientes fases del concurso, y que con esta decisión se reconocen nuevos méritos a tres de ellos.

Añadió que ningún postulante tiene un puntaje asignado en esta etapa del proceso, de modo que no cabe indicar que alguien haya mejorado su calificación con el reconocimiento de méritos.

Los recursos aceptados parcialmente corresponden a Giorgi Gorozabel Intriago, Ezequiel Morales Vinueza y Jorge Velasco Haro.

En la misma sesión el organismo receptó cinco impugnaciones ciudadanas, dentro del proceso de designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM).

Según información de la Secretaría General, desde el viernes 12 hasta el martes 16 de octubre las oficinas del Consejo en el país recibieron cuatro impugnaciones a la candidatura de Danilo Sylva y una a la candidatura de Sebastián Espinosa.

Los ciudadanos, a excepción de los postulantes, pudieron presentar las impugnaciones relacionadas con falta de probidad e idoneidad, estar incursos en alguna de las inhabilidades determinadas en el mandato de selección y designación de autoridades o haber omitido información relevante para postular al cargo.

Las impugnaciones serán calificadas por la Comisión Técnica, encargada del proceso y luego el pleno del Consejo fijará la fecha de la audiencia pública, en donde se escucharán los alegatos de los impugnantes y defensa de los impugnados. (I)

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