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El Telégrafo
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CC niega demandas contra Ley de Comunicación

CC niega demandas contra Ley de Comunicación
17 de septiembre de 2014 - 13:26

Patricio Pazmiño, presidente de la Corte Constitucional (CC), informó este miércoles la decisión del organismo de negar las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra artículos de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC).

La Corte emitió su sentencia sobre las causas 0014-13-IN, 0023-13-IN, 0028-13-IN y acumulados.

Con 8 votos a favor, el organismo resolvió negar las demandas de inconstitucionalidad por razones de forma de la LOC.

También negó las demandas de inconstitucionalidad por razones de fondo de los artículos: 1,3,5,6,17,18,20,21,22,24,26,30,38,40,42,48,55,59,61,63,64,71,84,90 y 96 de dicha ley.

Asimismo declara en el artículo 2, la inconstitucionalidad de la frase "que residen de manera regular", sustituyéndose por la frase: "que se encuentren", por tanto, el artículo permanecerá vigente en el ordenamiento jurídico de la siguiente forma: "Art. 2: Titularidad y exigibilidad de los derechos.- son titulares de los derechos establecidos en esta Ley, individual o colectivamente, todas las personas ecuatorianas y extranjeras que se encuentren en el territorio nacional, sin importar su cargo o función en la gestión pública o la actividad privada, así como las nacionales que residen en el exterior en los términos y alcances en que sea aplicable la jurisdicción ecuatoriana".

La Corte también declara la inconstitucionalidad aditiva en el artículo 56, numeral 3, de la LOC, debiendo incorporarse la siguiente frase: "respecto de la actividad comunicacional y de conformidad con la ley", por tanto, el artículo permanecerá vigente en el ordenamiento jurídico con el siguiente texto:

"Requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la comunicación, información sobre sí mismos, respecto de la actividad comunicacional y de conformidad con la ley, que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones".

Finalmente se declara constitucionalidad condicionada del artículo 10, numeral 4, literal i de la LOC, por lo que se deberá interpretar de la siguiente manera: "El Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan debe entenderse en función de lo establecido en el artículo 20 y 21 de la misma ley, que en su orden contemplan los casos en que los medios de comunicación serán responsables directa o solidariamente por la información que difundan".

La Ley Orgánica de Comunicación fue aprobada por la Asamblea el 14 de junio de 2013 y fue publicada en el Registro Oficial N° 0022, el 25 de junio de ese mismo año.

Tras su aprobación se presentaron tres demandas de inconstitucionalidad en contra de la normativa. La primera fue el 28 de junio de 2013 por el asambleísta Luis Fernando Torres, del Partido Social Cristiano (PSC-Cambio); Diego Cornejo, director de la Asociación de Editores de Periódicos (Aedep), y el catedrático de la Universidad San Francisco, Farith Simon. 

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