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Asamblea recibió veto del Ejecutivo a las reformas al COIP

Asamblea recibió veto del Ejecutivo a las reformas al COIP
01 de septiembre de 2015 - 13:28

 

El Ejecutivo remitió a la Asamblea la objeción parcial del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que fueron aprobados el pasado 11 de agosto. El trámite caerá en la Comisión de Justicia, una vez que concluya la vacancia legislativa el 3 de septiembre.

Según un comunicado de la Asamblea, el Ejecutivo plantea cambios al artículo 6 y la disposición final. El artículo 6 se refiere a la sanción con pena privativa de libertad de 30 a 180 días por manejar un vehículo a motor bajo los efectos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

"El razonamiento que hace el Ejecutivo es que en este artículo se hace distinción de sanciones sobre la base el costo de la reparación de los daños, sin un principio de proporcionalidad", detallan en el comunicado.

Explican que "si la tarifa de reparación es mayor a dos salarios básicos unificados del trabajador, la sanción será en la misma proporción, es decir, 708 dólares, tomando en cuenta que la remuneración básica unificada en el Ecuador es de 354. En este caso la reducción de los puntos en la licencia de conducir será de seis. En cambio, si el costo excede los seis sueldos básicos unificados la sanción es de cuatro mensualidades básicas (1.416) y la reducción de nueve puntos", argumentan.

Por ello, según detalla la Asamblea, el Ejecutivo sostiene "que no es viable determinar una misma pena para todos los casos en los que se produzcan daños materiales, sin distinción del costo de reparación". Explica que, en este caso, "se podría incluso causar destrucción material cuyo monto de reparación no exceda ni un dólar y el juzgador tendrá que imponer la sanción propuesta en esta norma".

Además, propone cambios en el artículo 6, en el que se agregue después del cuarto párrafo del artículo 380 otro que diga que si la persona se encontrase en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que la contengan, se impondrá la pena establecida para cada caso, aumentada en un tercio y pena privativa de libertad de 30 a 45 días.

En cambio, la disposición final, plantea que la ley entre en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y que los procesos y procedimientos que en la actualidad se encuentran en trámite continuarán sustanciándose conforme a las reglas de procedimiento vigentes al tiempo de su inicio y hasta su conclusión, concluye en el boletín de la Asamblea. (I)

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