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El Telégrafo

Aprenda cómo hacer la proyección de gastos personales

El formulario GP para la proyección de gastos se lo puede descargar de la página web del SRI.
El formulario GP para la proyección de gastos se lo puede descargar de la página web del SRI.
Foto: Miguel Arévalo | El Tiempo
11 de enero de 2019 - 00:00 - Redacción El Tiempo

Los trabajadores bajo relación de dependencia, cuyos ingresos mensuales sean de $ 942,50 o superiores, deberán hacer la proyección de gastos personales hasta este 28 de enero para la declaración del Impuesto a la Renta (IR) del periodo fiscal del año 2019.

Marcia Tinoco, una contribuyente que hacía fila en una de las ventanillas de la zonal 6 del Servicio de Rentas Internas (SRI), aseguró que desconoce el fin de esta proyección de gastos; ella tiene un trabajo fijo y además da clases de teatro.

Xavier Vázconez, director encargado de la zonal 6, explicó que esta proyección “si bien no es obligatoria, beneficia a las personas naturales que generen desde $ 11.310 de ingresos al año”, pues con esta proyección, el patrono considerará dichos gastos para reformular el monto que deberá acumular mensualmente el trabajador, vía descuento, para liquidar al final del 2019 su Impuesto a la Renta, a través de la empresa a la que sirve.

En caso de que no se realice este trámite, el patrono calculará este porcentaje asimilando que el trabajador no tiene gastos, sin deducciones, lo que se traduce en un descuento mayor de la cuota al IR.

La proyección se la debe hacer en el formulario GP del SRI, ahí se describen los rubros que se estipulan para vivienda, educación, arte y cultura, salud, vestimenta y calzado, así como de alimentación.

En el valor de remuneración anual se deben considerar sueldos, utilidades, horas extras, bonos o comisiones y se debe excluir el monto del aporte personal al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La suma de estos ítems no puede sobrepasar los $ 14.703 o el 50% de los ingresos gravados.

Dentro de su proyección, los contribuyentes pueden incluir los gastos de los hijos, sin un límite de edad, que no perciban ingresos y dependan económicamente de sus padres.

Estos gastos pueden deducirse por ambos padres, de manera individual o conjunta, hasta el 100% del valor de la base imponible de la factura, es decir el valor sin IVA.

Asimismo, el trabajador puede incluir los gastos de los padres que no tienen ingresos o reciben pensiones inferiores al sueldo básico, es decir, $ 394 mensuales.

El formulario GP debe ser entregado al departamento de Talento Humano sin errores, caso contrario, el documento será devuelto al contribuyente. (I)

DATOS
-Proyección. El límite de proyección para los rubros de vivienda, vestimenta, alimentación, educación, arte y cultura es de 3.675,75 dólares.
-Educación. Dentro de esta categoría se incluyen gastos como compra de libros, cuadros, obras de arte, entradas al teatro o al cine, cursos de ballet y más.
-Salud. En el caso de salud, se puede deducir hasta $22.620 cuando el contribuyente o alguna de sus cargas padezca una enfermedad catastrófica.

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