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Presidente Guillermo Lasso justificó por qué no se derogará el decreto sobre los combustibles

El presidente Guillermo Lasso, durante la entrevista con el medio digital 4 Pelagatos
El presidente Guillermo Lasso, durante la entrevista con el medio digital 4 Pelagatos
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Guillermo Lasso, presidente de la República, ratificó que no se derogará el decreto ejecutivo sobre los combustibles, que establece la liberación de los precios y establece bandas de aumento o disminución máximo del 5%.

En una entrevista concedida al medio digital 4 Pelagatos, la noche del martes 10 de agosto del 2021, justificó su decisión. "No vamos a derogar el decreto de los combustibles porque le haríamos un grave daño al Ecuador. Retrocederíamos en lo que hemos avanzado y dañaríamos la imagen internacional del país. Seamos sensatos".

El Primer Mandatario argumentó que acceder a la derogación de ese decreto provocará que el riesgo país se incremente, lo que generará repercusiones internacionales en materia de créditos e inversiones para el Ecuador. 

Estas declaraciones las dio ante la exigencia del líder indígena Leonidas Iza para eliminar ese decreto y generar el descenso de los costos de los combustibles. 

El Primer Mandatario aclaró que está dispuesto a conversar sobre cualquier otro tema y aseveró que los transportistas urbanos destinan entre el 2 y 5% de los costos totales de sus presupuestos para combustibles.

"Deben buscar del otro 95% de sus gastos, para que no busquen que el Estado les arregle su problema", expresó. Sin embargo, sí aseveró que se realizará una focalización del subsidio. 

El Decreto Ejecutivo No.1054 sobre la eliminación de los subsidios entró en vigencia el 19 de mayo del 2020, bajo la presidencia de Lenín Moreno. A partir del día 11 de cada mes, la Empresa Pública Petroecuador aplica la fijación y publicación de precios en los terminales de productos limpios paralas gasolinas extra, ecopaís (extra con etanol) y diésel de los segmentos automotriz, camaronero, atunero y pesquero, a través del mecanismo técnico de banda móvil del más/menos el 5%.

Este cálculo se realiza hasta el día 10 de cada mes, en función de los costos de la abastecedora de combustibles y de los precios de venta del mes anterior, para que, a partir de las 00:00 del día 11, se reflejen los nuevos precios de los combustibles en cada una de las estaciones de servicios públicas y privadas a escala nacional.

Según se detalló en el decreto, el nuevo sistema de bandas permite controlar el precio de los derivados de petróleo para que el alza o disminución de precios no sean ni mayores, ni menores al 5% respecto al precio del mes anterior. "El sistema protege a los consumidores con relación a aumentos drásticos en el precio del barril del crudo referencial West Texas Intermediate (WTI)", se indicó en esa fecha a través de un comunicado oficial.

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