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El Presidente de la República envía veto parcial a la ley reformatoria a la Ley de Movilidad Humana

El Presidente de la República envía veto parcial a la ley reformatoria a la Ley de Movilidad Humana
Presidencia de la República
30 de diciembre de 2020 - 16:40 - Redacción Actualidad

La tarde de este miércoles 30 de diciembre -en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales - el presidente de la República Lenín Moreno remitió a la Asamblea Nacional su objeción parcial a la reforma de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

El documento contiene aportes en materia de movilidad humana y control migratorio. Las principales objeciones que incluye el veto corresponden a la armonización de la Ley Orgánica de Movilidad Humana con otras materias, evitando repetición de conceptos que puedan generar confusión, y con los pronunciamientos de la Corte Constitucional en materia de naturalización y deportación.

Además, se incorporan las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en aspectos de seguridad de la aviación y fortalecimiento de control al transporte fronterizo, a través del establecimiento del registro de nombres de los pasajeros o información anticipada sobre los mismos.

Los aportes también contemplan un mejoramiento a la regulación de exoneraciones tributarias en el marco de las competencias del Ejecutivo; el fortalecimiento de la legislación en temas de derechos y garantías a personas reconocidas como sujetas de protección internacional; y el fortalecimiento de normativa respecto del pasaporte oficial y diplomático a fin de evitar su mal uso.

Se objeta la entrega de pasaportes diplomáticos a cónyuge o pareja en unión de hecho de asambleístas porque no ejercen función o representación del Estado ecuatoriano.

En el veto se incorpora normativa que garantiza el cumplimiento de instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador en materia de refugio y apatridia y se aborda la simplificación del trámite para la verificación de causales de inadmisión y deportación, así como la inclusión de directrices expresas para admisión, una vez subsanadas las causales establecidas en la ley.

Se enfatiza la obligación de respetar y garantizar el debido proceso en estos procedimientos. Entre otros temas, también se incluye la ampliación a 10 años del tiempo de vigencia del pasaporte como documento de viaje y como documento de identidad para ecuatorianos fuera del territorio.

El Gobierno Nacional toma decisiones para, en respeto de sus atribuciones, contribuir en la consolidación de la normativa enmarcada en la Constitución y precautelar el bienestar de los ciudadanos. 

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