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¿Qué actividades podrán desarrollarse durante el Estado de Excepción?

¿Qué actividades podrán desarrollarse durante el Estado de Excepción?
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A través de un comunicado, el Ministerio del Interior dio a conocer qué actividades de movilidad que estarán eximidas del Estado de Excepción basados en el numeral 10 del artículo 8 del Decreto Ejecutivo 411, suscrito por el presidente de la República, Guillermo Lasso, en el que dispone esta figura en las provincias de Esmeraldas, Guayas y Manabí.

Es así que quienes presten servicios y labores en las siguientes actividades, podrán circular siempre y cuando porten sus documentos habilitantes que les identifiquen.

Las actividades permitidas son:

  • Producción, comercialización y provisión de alimentos y bebidas.
  • Transporte y logística de materias primas, como: medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
  • Sectores estratégicos de conformidad con lo definido en la Constitución.
  •  Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.

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