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Corte Internacional de Justicia, competente para estudiar disputa limítrofe entre Venezuela y Guyana

La Corte Internacional de Justicia, en La Haya, Países Bajos.
La Corte Internacional de Justicia, en La Haya, Países Bajos.
Yasin Yağcı - Agencia Anadolu
19 de diciembre de 2020 - 11:55 - Agencia Anadolu

Este viernes 18 de diciembre de 2020, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) aceptó la demanda presentada por Guyana para resolver la disputa territorial que este país y Venezuela tienen en la llamada región del Esequibo, donde se sabe que existen importantes reservas petroleras.

Lo anterior significa que la Corte se declaró competente para estudiar el caso y dictar un fallo de carácter vinculante para resolver esta disputa limítrofe. Esta es la última instancia a la que se pueden dirigir los Gobiernos de ambos países para solucionar la situación.

En un comunicado leído por el juez Abdulqawi Ahmed Yusuf, la CIJ aseguró que es competente para estudiar “la validez del laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 y la cuestión sobre el asentamiento definitivo de la frontera terrestre” entre Guyana y Venezuela.

La demanda la puso Guyana al considerar que Venezuela está violando un arbitraje internacional que en 1899 dictó la soberanía de la excolonia británica sobre la región de Esequibo y de Venezuela sobre la desembocadura del río Orinoco.

Al conocer el pronunciamiento de la Corte, Jorge Arreaza, ministro de Relaciones Exteriores venezolano, aseguró a través de una publicación en Twitter que “Venezuela rechaza la infame decisión de la CIJ sobre la Guayana Esequiba".

"Reiteramos el llamado a que la controversia se canalice de forma amistosa mediante negociaciones directas con Guyana, en apego al Derecho Internacional y al Acuerdo de Ginebra”, destacó.

"Al decidir que posee jurisdicción respecto a la validez del laudo arbitral de 1899 con base en la demanda unilateral de Guyana, la CIJ comete un error incomprensible e insólito, no solo en términos del consentimiento no prestado por Venezuela a dicha jurisdicción, sino al admitir un objeto de litigio diferente al objeto sustancial de la controversia, tal como fue definido por el Acuerdo de Ginebra de 1966", señala el comunicado publicado por el Gobierno de Venezuela. (I)

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