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La minería a gran escala se juega en la Asamblea Nacional
Las reformas a la Ley de Minería y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria abren una nueva era de desarrollo para la minería a gran escala en Ecuador.
Según estudios de la Agencia de Regulación y Control Minero, solo el 5% del territorio nacional ha sido explotado y no se descarta que existan más reservas de minerales en otras zonas del país.
De ser así, se posibilitaría, inclusive, el desarrollo de las nuevas industrias que el país necesita para el cambio de la matriz productiva, principalmente, el complejo siderúrgico que está anclado al proceso de transformación del hierro y el acero.
El lunes anterior, la Comisión de lo Económico de la Asamblea Nacional avocó conocimiento del proyecto de Ley que el 16 de mayo envió el presidente Rafael Correa a la legislatura con el carácter de urgente en materia económica.
La Asamblea tiene plazo hasta el 15 de junio para aprobar el proyecto y presentarlo al Ejecutivo. “El tiempo nos va a alcanzar. Visitaremos, simultáneamente, las provincias mineras para socializar el proyecto y recibir las sugerencias de las personas involucradas”, afirmó el presidente del organismo legislativo, Oswaldo Larriva.
Los engorrosos trámites para la obtención de los permisos de utilización del agua y el informe de impacto ambiental que suman actualmente cuatro, se reducen a dos obligatorios en la reforma.
Para el efecto, se trabaja contrarreloj en un cronograma: el 4 de junio está previsto que se efectúe el primer debate en el pleno de la Asamblea; el 7, el debate y votación del informe para segundo y definitivo debate; y, el 11, el debate en el pleno.
“Necesitamos que el país sea más atractivo a la inversión. Hay que evitar la contaminación de los ríos, fortalecer la pequeña minería, tomar en cuenta a la mediana minería que tiene participación ecuatoriana, y a la gran minería”, reforzó, por su parte, el asambleísta Galo Borja.
Con 32 artículos, siete disposiciones generales y cuatro transitorias, el proyecto regula la participación de las empresas estatales, extranjeras o sus subsidiarias; incorpora el régimen de mediana minería, y realiza cambios en el impuesto a los ingresos extraordinarios.
Así podrían reabrirse las negociaciones con la canadiense Kinross, interesada en la explotación del proyecto aurífero Fruta del Norte, en Zamora Chinchipe. Kinross tiene previsto invertir 1.000 millones de dólares hasta 2016 en el desarrollo del proyecto, y gastar otros 2.400 millones en la planta de beneficio del metal. Las negociaciones que se iniciaron en 2011 se dificultaron por el tema de los Impuesto a los Ingresos Extraordinarios que se aplica cuando el precio de los metales supera el valor establecido en el contrato.
Según el ex ministro de Recursos Naturales No Renovables, Wilson Pástor, Kinross insiste en eliminar el impuesto, “lo cual –anticipó- el presidente Correa no lo va a aceptar”.
La Ley de Equidad Tributaria señala que si los precios del oro, la plata y el cobre suben por sobre un valor determinado, el Estado percibirá el 70% del ingreso extraordinario, y el contratista el 30%.
Este reparto no gustó a las mineras. Así, el artículo 29 del proyecto de ley reforma el artículo 165 de la ley tributaria para cobrar el impuesto, luego de recuperar la inversión.
La reforma también endurece las sanciones en contra de la minería ilegal y faculta a la Agencia de Control Minero (Arcom) para que retire, incaute, inmovilice, destruya, demuela, inutilice y neutralice la maquinaria que se emplea en esa actividad. La infracción será sancionada con multas de entre 63.600 a 159.000 dólares, según la gravedad. La Agencia tendrá jurisdicción coactiva.
Un ejemplo de la minería ilegal se encuentra en Esmeraldas, donde hay una oposición radical a cualquier reglamentación. Ahí se ha devastado el 82% de las terrazas aluviales enriquecidas de oro, y han crecido rápidamente los pasivos ambientales. En los cantones San Lorenzo y Eloy Alfaro se han afectado 141.000 hectáreas con excavaciones antitécnicas, piscinas y escombros abandonados.
Por otro lado, la reforma propone que en los procesos de subasta o remate público, se exceptúa el otorgamiento de concesiones mineras que realice el Estado a través del Ministerio Sectorial, mediante delegación a empresas estatales extranjeras o sus subsidiarias, compañías de economía mixta o a consorcios en los que estas tengan participación mayoritaria.
A esto se suma la obligatoriedad de la licencia ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente y un acto administrativo favorable de la Autoridad Única del Agua. Se descartan los actos del concejo municipal, ministerios de Transporte y de Defensa, Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, e Instituto Nacional de Patrimonio.
El concesionario minero deberá pagar una regalía equivalente a un porcentaje sobre la venta del mineral principal o los minerales secundarios, no menor al 5% sobre las ventas y, para el caso del oro, cobre o plata, no mayor al 8%, adicional al pago del impuesto a la renta, del porcentaje de las utilidades atribuidas al Estado, del impuesto sobre los ingresos extraordinarios, y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Asimismo, el Gobierno podrá utilizar el 60% de las regalías señaladas para obras en las respectivas localidades, y se establecen rangos para la minería artesanal y la pequeña minería. La minería a gran escala se considerará cuando supere los volúmenes máximos de producción establecidos para la mediana minería.
Se prohíbe el uso del mercurio en la extracción de oro; caso contrario, se sancionará con la revocatoria del derecho minero, sin perjuicio de las condenas penales. El oro proveniente de la minería artesanal, legalmente autorizada, será comercializado por el Banco Central o por las instituciones financieras del Estado, cosa que ya se viene haciendo.